Glosario Laboral — Diccionario de la Nómina Española
Todos los términos laborales y fiscales que aparecen en tu nómina, contrato o cuando cobras una prestación — explicados en lenguaje claro con ejemplos numéricos reales.
La base de cotización es la cantidad sobre la que se calculan las cuotas a la Seguridad Social.
La base reguladora es el cálculo que usa la Seguridad Social para fijar el importe de una prestación (desempleo, incapacidad temporal, jubilación).
Las contingencias comunes son los riesgos generales cubiertos por la Seguridad Social: enfermedad común, accidente no laboral, maternidad, paternidad, jubilación e incapacidad no derivada del trabajo.
Las contingencias profesionales cubren los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: riesgos derivados directamente de la actividad laboral.
El tipo de retención del IRPF es el porcentaje que tu empresa descuenta mensualmente de tu nómina como adelanto del Impuesto sobre la Renta.
El salario en especie es cualquier retribución no dineraria con valor económico: coche de empresa, seguro médico, vivienda cedida, cheques guardería, vales de comida.
Los complementos salariales son cantidades añadidas al salario base que dependen de condiciones personales (antigüedad, idiomas), del puesto (turnicidad, nocturnidad, penosidad) o de resultados de la empresa (productividad, comisiones).
La prorrata de pagas extras consiste en repartir el importe de las pagas extraordinarias entre los 12 meses del año, en lugar de recibirlas concentradas en junio y diciembre.
Las horas extraordinarias son las horas trabajadas más allá de la jornada ordinaria pactada.
El plus de transporte es una cantidad que la empresa abona para compensar los gastos de desplazamiento al trabajo.
Las pagas extraordinarias son retribuciones adicionales obligatorias: el Estatuto de los Trabajadores fija un mínimo de dos al año, cada una por importe mínimo de un mes de salario base.
El SMI es el salario mínimo que cualquier trabajador tiene derecho a percibir por jornada completa, independientemente de su sector o categoría.
El periodo de prueba es el tiempo inicial del contrato durante el cual empresa y trabajador pueden rescindirlo libremente, sin preaviso ni indemnización.
La excedencia laboral es una suspensión voluntaria del contrato por iniciativa del trabajador.
El contrato indefinido es el contrato laboral sin fecha de fin pactada.
El contrato temporal tiene fecha de fin pactada o condicionada a una causa objetiva.
Una ETT cede trabajadores a otras empresas (empresas usuarias) de forma temporal.
La subrogación laboral es el mecanismo por el que, cuando una empresa deja de prestar un servicio y ese servicio pasa a otra empresa, los trabajadores que lo prestaban se transfieren automáticamente a la nueva empresa manteniendo sus condiciones.
El despido procedente es aquel en que la empresa acredita ante el juez una causa legal válida.
El despido improcedente es el que el juez declara injustificado: la empresa no ha acreditado la causa o no ha seguido el procedimiento correcto.
La baja voluntaria es la extinción del contrato por decisión propia del trabajador (el "dimisión" español).
El finiquito es el documento que liquida la relación laboral al finalizar el contrato, con independencia de la causa.
La liquidación laboral es el conjunto total de cantidades que la empresa debe al trabajador al extinguirse la relación: el finiquito (saldo de la relación ordinaria) más, en su caso, la indemnización por tipo de despido.
La incapacidad temporal (IT) es la situación en que un trabajador no puede trabajar temporalmente por enfermedad común, accidente (laboral o no) o maternidad/paternidad.
La incapacidad permanente (IP) es la situación en que un trabajador presenta secuelas definitivas que limitan o eliminan su capacidad para trabajar.
El Régimen General es el sistema de Seguridad Social que cubre a la mayoría de los trabajadores por cuenta ajena en España.
El RETA es el régimen de Seguridad Social para los trabajadores por cuenta propia.
La cotización empresarial es la parte de las cuotas de Seguridad Social que paga la empresa por cada trabajador, adicionalmente a su salario.
La prestación por desempleo ("el paro") es la prestación económica que paga el SEPE a los trabajadores que pierden su empleo involuntariamente y cumplen los requisitos mínimos de cotización (al menos 360 días en los últimos 6 años).
El subsidio por desempleo es una ayuda del SEPE para quienes han agotado la prestación contributiva o no tienen cotización suficiente, pero están en situación de necesidad.
El mínimo personal y familiar es la parte de los ingresos que Hacienda considera necesaria para cubrir las necesidades vitales básicas y que no tributa en el IRPF.
La reducción por rendimientos del trabajo es una deducción automática en el IRPF que reduce la base imponible de los asalariados.
La base liquidable del IRPF es el resultado de restar a los rendimientos del trabajo (salario bruto menos SS) las reducciones legales: la reducción por rendimientos del trabajo, el mínimo personal y familiar y otras reducciones aplicables (plan de pensiones, etc.
La deducción por maternidad es una deducción de hasta 1.
Los rendimientos del trabajo son, en el IRPF, todos los ingresos que derivan de una relación laboral: salario, complementos, pagas extras, dietas no exentas, prestaciones del SEPE, etc.
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