Convenio Sanidad Privada Pontevedra 2026: sueldos (enfermero, celador, auxiliar…)
El convenio de la sanidad privada de Pontevedra (Convenio de Sanidad Privada (Establecimientos Sanitarios de Hospitalización y Asistencia) de Pontevedra, código 36000755011982) fija salarios para 11 categorías: de 14.103 €/año (Camareiro/a (C2)) a 21.475 €/año (Director/a Médico/a (N1)). 🟢 Vigente hasta 2027.
Sueldo por categoría — Sanidad Privada Pontevedra 2026
| Categoría | Bruto/mes | Bruto/año | Neto/mes | IRPF | Coste empr. | Calc. |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Director/a Médico/a (N1) | 1534 € | 21.475 € | 1498 € | 10.5% | 27.896 € | → |
| Administrador/a-Xerente (A1) | 1534 € | 21.475 € | 1498 € | 10.5% | 27.896 € | → |
| Médico/a (N2) | 1395 € | 19.526 € | 1408 € | 7.5% | 25.365 € | → |
| Xefe/a de Enfermería (N1) | 1327 € | 18.576 € | 1339 € | 7.5% | 24.130 € | → |
| Traballador/a Social (A3) | 1213 € | 16.986 € | 1297 € | 2% | 22.065 € | → |
| Enfermeiro/a DUE (N1) | 1120 € | 15.679 € | 1198 € | 2% | 20.367 € | → |
| Xefe/a Departamento (B1) | 1119 € | 15.665 € | 1197 € | 2% | 20.349 € | → |
| Técnico/a de Mantemento (B2) | 1103 € | 15.440 € | 1179 € | 2% | 20.057 € | → |
| Enfermería (TCAE) / Aux. de Enfermería | 1043 € | 14.602 € | 1115 € | 2% | 18.967 € | → |
| Cociñeiro/a (C1) | 1042 € | 14.586 € | 1114 € | 2% | 18.947 € | → |
| Camareiro/a (C2) | 1007 € | 14.103 € | 1077 € | 2% | 18.319 € | → |
* Bruto/mes = salario base del convenio; bruto/año = retribución anual verificada. Neto orientativo (soltero sin hijos, IRPF 2026). Las categorías bajas tienen el SMI como suelo legal. BOPPO Pontevedra 11-nov-2025. Convenio Hospitalización e Internamento da provincia de Pontevedra 2024-2027.
Condiciones laborales — Sanidad Privada Pontevedra
Datos clave del convenio, extraídos de su texto oficial:
Texto del convenio — Sanidad Privada Pontevedra
Artículos agrupados por materia. Despliega para leer el texto completo.
Jornada, vacaciones y permisos
Art. 11 — JORNADA LABORAL
https://sede.depo.gal Todo el personal afectado por este convenio estará a lo dispuesto en el Estatuto de los trabajadores, Ordenanza Laboral de Hospitalización, Consulta y Asistencia, y demás disposiciones legales al respecto. BOPPO Martes, 11 de novembro de 2025 La jornada anual será de 1.770 horas de trabajo máximo efectivo durante la vigencia de este Convenio. En todo caso, se aplicará lo que disponga la normativ…
Art. 25 — LICENCIAS Y PERMISOS
Pode verificar a integridade deste documento no seguinte enderezo: Los permisos retribuidos a los que tienen derecho las personas trabajadoras son los siguientes: Código seguro de verificación:KDEUTFXZC8NY6NWV 1. En caso de fallecimiento de parientes de primer y segundo grado por consanguinidad o afinidad, y parejas de hecho debidamente documentadas, se establece en función del lugar en el que ocurra el óbito: 3 días…
Art. 27 — PERMISO OFICIAL NON RETRIBUÍDO
Todo o persoal sempre que sexa posible a súa substitución e que o solicite con 15 días de antelación salvo en caso de urxencia en que poderá ser rebaixado este prazo, terá dereito a un permiso non retribuído de entre 7 días e 1 mes. O permiso non retribuído de 7 días poderá ser solicitado polo traballador todos os anos. O traballador que solicitase un permiso non retribuído, superior a 7 días, non poderá volver exerc…
Salario, pagas y complementos
Art. 6 — VINCULACIÓN A LA TOTALIDAD
Las condiciones pactadas forman un todo orgánico e indivisible, y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente. En el caso de que, por la jurisdicción social, a instancia de la autoridad laboral o de cualquiera de las personas afectadas, se procediera a la anulación de algún artículo del presente convenio, las partes negociadoras, en el plazo de quince días a partir de la firmeza de la sentenc…
Art. 16 — PLUS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN FECHAS ESPECIALES
Las personas trabajadoras que presten servicios entre las 22:00 horas del día 24 de diciembre y las 22:00 horas del día 25 de diciembre percibirán un plus de 30 euros. Este mismo plus será de aplicación a quienes presten servicios desde las 22:00 horas del día 31 de diciembre hasta las 22:00 horas del día 1 de enero, así como desde las 22:00 horas del día 5 de enero hasta las 22:00 horas del día 6 de enero. Este plus…
Art. 17 — PLUS DE VINCULACIÓN OU PERMANENCIA
Pode verificar a integridade deste documento no seguinte enderezo: As partes asinantes do presente Convenio acordan consolidar un complemento económico que consistirá nun pago único anual, consistente no importe dunha mensualidade de cada categoría Código seguro de verificación:KDEUTFXZC8NY6NWV profesional calculada segundo as táboas salariais vixentes en cada momento, incrementadas cos complementos de antigüidade re…
Art. 18 — PAGAS EXTRAORDINARIAS
Código seguro de verificación:KDEUTFXZC8NY6NWV Las gratificaciones extraordinarias de julio y de Navidad, consistirán, cada una de ellas, en una mensualidad del salario base, incrementado con los complementos de antigüedad reconocida de cada trabajador.…
Art. 20 — PLUS DE NOCTURNIDAD
Se establece un plus de nocturnidad en la cuantía del 30% sobre del salario base de cada trabajador, el cual se percibirá sobre las horas trabajadas de noche, entendiéndose al respecto como jornada nocturna la comprendida entre las 22.00 y las 8.00 horas.…
Art. 21 — PLUS DE POSTO DE TRABALLO
Todos os traballadores que presten servizos en centros hospitalarios cuxo número de camas sexa superior a 300, percibirán un plus de traballo de 54,09 euros mensuais, abonándose igualmente nas pagas extraordinarias de xullo e Nadal. Así mesmo, establécese un plus de 15,03 euros mensuais de carácter salarial para a categoría Pode verificar a integridade deste documento no seguinte enderezo: de auxiliar de axuda a domi…
Baja, excedencias y jubilación
Art. 26 — EXCEDENCIAS
Excedencia maternal: Se regirá por el art. 46.3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como por la legislación concordante. Excedencia voluntaria: la empresa estará obligada a conceder a todo el personal fijo que lo solicite y lleve en la empresa el tiempo mínimo de un año de servicio, la excedencia voluntaria, la…
Art. 28 — INCAPACIDAD TEMPORAL
Las empresas complementarán hasta el 100% del salario las prestaciones económicas derivadas de accidente laboral, hasta el tope máximo de cotización vigente en el momento que se produce la baja por IT y por un periodo máximo establecido en la ley general de la seguridad Pode verificar a integridade deste documento no seguinte enderezo: social (Art. 128.1.a). En los casos de Incapacidad Temporal derivada de enfermedad…
Contratación y régimen disciplinario
Art. 10 — CONTRATACIÓN
El contrato de trabajo se efectuará por escrito. Contrato fijo-discontinuo a tiempo completo y a tiempo parcial 1. Dadas las peculiaridades de las actividades enmarcadas en el ámbito funcional del presente Convenio, se hace preciso regular la modalidad contractual de fijo- discontinuo en el sector. 2. El contrato fijo discontinuo deberá necesariamente formalizarse por escrito y, tal y como se establece en el artículo…
Art. 15 — 2º del Estatuto de los trabajadores (los contratos de
duración determinada, por acumulación de tareas podrán tener una duración máxima de 12 meses. Contratos de formación en alternancia y contrato formativo. Los contratos de formación se deberán formalizar por escrito, incluyendo obligatoriamente el texto del plan formativo individual en el que se especifiquen el contenido de las prácticas o la formación y las actividades de tutoría para el cumplimiento de sus objetivos…
Art. 22 — CESES EN LA EMPRESA Y PREAVISOS
Las personas trabajadoras que deseen cesar voluntariamente en el servicio a la empresa vendrán obligadas a ponerlo en conocimiento de la misma, cumpliendo los siguientes plazos Pode verificar a integridade deste documento no seguinte enderezo: de preaviso. Personal del grupo técnico: 1 mes Código seguro de verificación:KDEUTFXZC8NY6NWV Grupo de empleados y no cualificados: 15 días La falta de preaviso establecido fac…
Art. 35 — PERÍODO DE PRUEBA
De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Estatuto de los trabajadores, el período de prueba no podrá exceder de 6 meses para los técnicos titulados y de 2 meses para el resto de los trabajadores.…
Datos oficiales del convenio
| Nombre oficial | Convenio de Sanidad Privada (Establecimientos Sanitarios de Hospitalización y Asistencia) de Pontevedra |
| Código REGCON | 36000755011982 |
| Ámbito | Pontevedra — Galicia |
| Vigencia | 1 de enero de 2024 — 31 de diciembre de 2027 |
| Estado | 🟢 Vigente hasta 2027 |
Preguntas frecuentes — Sanidad Privada Pontevedra
¿Cuánto cobra un enfermero/a en la sanidad privada de Pontevedra?
Según el convenio 2026, la categoría "Xefe/a de Enfermería (N1)" cobra 18.576 € brutos al año (unos 1327 €/mes), con un neto orientativo de 1339 €/mes. Fuente: BOPPO Pontevedra 11-nov-2025.
¿Cuánto cobra un auxiliar de enfermería (TCAE) en Pontevedra?
La categoría "Enfermería (TCAE) / Aux. de Enfermería" cobra 14.602 € brutos/año (~1043 €/mes) según el convenio 2026.
¿Qué convenio se aplica en la sanidad privada de Pontevedra?
El "Convenio de Sanidad Privada (Establecimientos Sanitarios de Hospitalización y Asistencia) de Pontevedra" (código REGCON 36000755011982), provincial, vigente desde 01/01/2024 hasta 31/12/2027.
¿Cuál es la jornada del convenio de sanidad privada de Pontevedra?
https://sede.depo.gal Todo el personal afectado por este convenio estará a lo dispuesto en el Estatuto de los trabajadores, Ordenanza Laboral de Hospitalización, Consulta y Asistencia, y demás disposiciones legales al respecto. BOPPO Martes, 11 de novembro de …
Fuente oficial
Texto completo y trámites en el registro oficial: REGCON — Ministerio de Trabajo (36000755011982). BOPPO Pontevedra 11-nov-2025. Convenio Hospitalización e Internamento da provincia de Pontevedra 2024-2027.