Salarios Quirónsalud 2026: cuánto se cobra (enfermero, auxiliar, médico)

Quirónsalud es el mayor grupo hospitalario privado de España: más de 55 hospitales y decenas de centros médicos, integrado en el grupo alemán Fresenius-Helios. Cada hospital negocia su propio convenio de empresa, por lo que un enfermero o un celador de Quirónsalud Murcia no cobra necesariamente lo mismo que en otro centro del grupo. Donde no hay convenio de empresa, se aplica el convenio provincial de sanidad privada de la zona.

Tablas salariales por centro — Quirónsalud

Hospital Quirónsalud / Clínica Clideba (Badajoz) — Badajoz, 2026

CategoríaBruto/mesBruto/añoNeto/mesIRPFCoste empr.Calc.
Médico/a1949 €27.287 €1840 €13.5%35.445 €
ATS/DUE/Fisioterapeuta1389 €19.449 €1402 €7.5%25.264 €
Técnico/a especialista1192 €16.686 €1274 €2%21.675 €
Auxiliar de Enfermería1163 €16.286 €1244 €2%21.155 €
Celador/a1077 €15.077 €1152 €2%19.585 €

bruto_anual = columna anual del convenio. DOE Extremadura 2026. Convenio Clínica Clideba de IDCQ Hospitales y Sanidad 2025-2028.

Hospital Quirónsalud Murcia — Murcia, 2026

CategoríaBruto/mesBruto/añoNeto/mesIRPFCoste empr.Calc.
Director/a Médico/a1915 €28.722 €1936 €13.5%37.310 €
Médico/a Especialista1605 €24.076 €1679 €10.5%31.274 €
Fisioterapeuta1199 €17.984 €1297 €7.5%23.362 €
TER/TEL/Técnico1097 €16.457 €1257 €2%21.377 €
TCAE (Cuidados Aux. Enfermería)1063 €15.948 €1218 €2%20.716 €
Auxiliar Sanitario/a1053 €15.790 €1206 €2%20.512 €
Personal Limpieza1053 €15.790 €1206 €2%20.512 €

bruto_anual = columna anual del convenio (base x15, Art.25 gratificaciones semestrales). BORM Murcia 2023. Convenio IDCQ Hospitales y Sanidad (Hospital Quirónsalud Murcia) 2023-2026.

¿Cuánto queda neto en Quirónsalud?

Neto mensual orientativo de las categorías más buscadas (IRPF 2026; calcula el tuyo exacto con el botón):

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Texto del convenio de Quirónsalud

Artículos del convenio de empresa. Despliega para leer.

Jornada, vacaciones y permisos

Art. 15 — Jornada laboral

Se establece una jornada en cómputo anual para todo el personal, cualquiera que sea su ca- tegoría profesional y puesto de trabajo, que se fija en 1.705 en turno rotatorio con un límite máximo de 40 horas semanales, incluidas guardias. Los trabajadores que no puedan cumplir la jornada anual pactada por motivo del cumplimien- to de los descansos legales obligatorios no sufrirán pérdida de derechos como consecuencia de…

Art. 16 — Vacaciones

Las personas trabajadoras tendrán derecho cada año a un periodo de vacaciones retribuidas de treinta días naturales de duración, o a la parte proporcional que corresponda en el supues- to de no haber completado un año de servicio en el momento de su disfrute. Días adicionales de vacaciones: aquellas personas trabajadoras con 10 años de antigüedad en la empresa devengarán un día al año adicional de vacaciones. Asimism…

Art. 17 — Licencias y permisos

1. L  a persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con de- recho a remuneración en los casos que continuación se relacionan y por la duración que se indica: a) Quince días naturales por contraer matrimonio, o registrarse en el Registro de Parejas de Hecho. Será necesario la presentación a empresa de la oportuna certificación administrativa expedida por el registro de parejas de …

Salario, pagas y complementos

Art. 5 — Vinculación a la totalidad

Las condiciones pactadas forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán considerados globalmente. En el supuesto de que la autoridad laboral o jurisdicción competente, en el ejercicio de las fa- cultades que le sean propias, no aprobasen o invalidasen algún pacto fundamental a juicio de cualquiera de las partes, la Comisión Negociadora del convenio colectivo intentará, mediante ac…

Art. 22 — Salario base

Unificación del salario base y plus de transporte (Gastos de locomoción) recogido en el anexo II El salario base de todas las personas trabajadoras, entendido este como la parte de la retribución fijada por unidad de tiempo, sin atender a las circunstancias determinantes de sus complementos, será el que para cada categoría profesional se establece en el Anexo II, del presente convenio, del que forma parte integrante …

Art. 24 — Pluses

Los días festivos, domingos y las guardias localizadas estarán a lo que se establece a conti- nuación. 1. F  estivos y domingos: Turnos diurnos: se compensarán conforme figura en el Anexo II del presente Convenio. Turnos nocturnos: se compensará con el plus de nocturnidad más el complemento de fes- tivos y domingos. Lo percibirán solamente las personas trabajadoras cuando su entrada al puesto de trabajo en turno d…

Baja, excedencias y disciplina

Art. 18 — Suspensión del contrato de trabajo

1. S  uspensión del contrato de trabajo. Con carácter general se estará a lo dispuesto para la suspensión del contrato de trabajo en los artículos 45 y 48 del Estatuto de los Trabajadores. Sin perjuicio de lo especificado en los apartados siguientes, los supuestos de suspensión temporal de contrato de trabajo llevarán aparejadas en general las siguientes consecuencias: a) Desaparecen durante la suspensión las obl…

Art. 20 — Excedencia Voluntaria

Los/as trabajadores\as que acrediten al menos un año de antigüedad en la Empresa tendrán derecho a solicitar una excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años, prorrogables hasta su duración máxima. La excedencia se entenderá concedida sin derecho a retribución alguna y dicho período no computará a efectos de antigüedad. Dicha excedencia y sus prórrogas se solicitarán siempre por …

Art. 26 — Complemento económico por incapacidad temporal

La empresa complementará hasta el 100% del salario mensual de la persona trabajadora, en los supuestos de contingencias comunes por hospitalización de la persona trabajadora (no incluye la asistencia al Servicio de Urgencias) o por intervención quirúrgica on y en las cirugías a partir del grupo 5 en adelante por la OMC durante el primer mes. Excluyendo de estos casos, las intervenciones por cirugía estética. Por lo q…

Art. 43 — Graduación de las faltas

1. S  e considerarán como faltas leves: a) La impuntualidad no justificada en la entrada o en la salida del trabajo hasta tres oca- siones en un mes por un tiempo total inferior a veinte minutos y superior a diez. b) La inasistencia injustificada al trabajo de un día durante el periodo de un mes. c) La falta de comunicación con la antelación previa debida de la inasistencia al trabajo por causa justificada, salvo…

Preguntas frecuentes — Quirónsalud

¿Cuánto se cobra trabajando en Quirónsalud?

Quirónsalud negocia convenio propio por hospital. Las categorías más básicas parten de unos 15.077 € brutos/año y los médicos/titulados superiores llegan a 28.722 €/año. Consulta la tabla de cada centro arriba.

¿Cuánto cobra un enfermero/a en Quirónsalud?

Según el convenio de empresa, un enfermero/a (ATS/DUE/Fisioterapeuta) cobra 19.449 € brutos/año, unos 1402 €/mes netos orientativos.

¿Cuánto cobra un celador/a en Quirónsalud?

Un celador/a cobra 15.077 € brutos/año según el convenio; el SMI actúa de suelo legal.

¿Quirónsalud tiene un convenio único nacional?

No. Los grandes grupos hospitalarios privados firman convenios de empresa hospital por hospital, no un convenio estatal único. Por eso los salarios varían entre centros del mismo grupo.

¿Cuál es la jornada en Quirónsalud?

Se establece una jornada en cómputo anual para todo el personal, cualquiera que sea su ca- tegoría profesional y puesto de trabajo, que se fija en 1.705 en turno rotatorio con un límite máximo de 40 horas semanales, incluidas guardias. Los …

¿Es mejor el convenio de Quirónsalud o el provincial de sanidad privada?

Depende del centro y la categoría. Los convenios de empresa suelen mejorar el provincial en algunas condiciones, pero no siempre en salario base. Compara con la ficha provincial de tu zona en nuestra sección de sanidad privada.

Convenios de sanidad privada relacionados

Compara con los convenios provinciales de sanidad privada (enfermero, auxiliar, celador y médico por provincia) o calcula tu sueldo neto exacto en la calculadora de nómina.