Convenio Sanidad Privada Asturias 2026: sueldos (enfermero, celador, auxiliar…)
El convenio de la sanidad privada de Asturias (Convenio de Establecimientos Sanitarios de Hospitalización y Asistencia de Asturias, código 33001315011981) fija salarios para 9 categorías: de 15.834 €/año (Celador/a) a 27.704 €/año (Director/a Médico/a). 🟢 Vigente hasta 2027.
Sueldo por categoría — Sanidad Privada Asturias 2026
| Categoría | Bruto/mes | Bruto/año | Neto/mes | IRPF | Coste empr. | Calc. |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Director/a Médico/a | 1847 € | 27.704 € | 1868 € | 13.5% | 35.988 € | → |
| Médico/a de Guardia | 1645 € | 24.668 € | 1721 € | 10.5% | 32.043 € | → |
| Director/a-Supervisor/a de Enfermería | 1444 € | 21.656 € | 1511 € | 10.5% | 28.131 € | → |
| Diplomado/a Enfermería DUE | 1309 € | 19.632 € | 1415 € | 7.5% | 25.501 € | → |
| Fisioterapeuta / Terapia Ocupacional | 1309 € | 19.632 € | 1415 € | 7.5% | 25.501 € | → |
| Técnico/a Superior (Radioterapia, Medicina Nuclear, FP2) | 1225 € | 18.373 € | 1325 € | 7.5% | 23.867 € | → |
| Técnico/a Cuidados Aux. Enfermería (TCAE) / Aux. Sanitario | 1169 € | 17.532 € | 1264 € | 7.5% | 22.773 € | → |
| Auxiliar Administrativo | 1076 € | 16.137 € | 1233 € | 2% | 20.962 € | → |
| Celador/a | 1056 € | 15.834 € | 1209 € | 2% | 20.569 € | → |
* Bruto/mes = salario base del convenio; bruto/año = retribución anual verificada. Neto orientativo (soltero sin hijos, IRPF 2026). Las categorías bajas tienen el SMI como suelo legal. BOPA Asturias 24-abr-2026 (tabla salarial 2026) + convenio 25-mar-2022. Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Consulta, Asistencia y Análisis Clínicos de Asturias.
Condiciones laborales — Sanidad Privada Asturias
Datos clave del convenio, extraídos de su texto oficial:
Texto del convenio — Sanidad Privada Asturias
Artículos agrupados por materia. Despliega para leer el texto completo.
Jornada, vacaciones y permisos
Art. 4 — —Jornada
La jornada laboral máxima será de 1.741 horas de trabajo efectivo al año en 2022, 1.726 horas en 2023 y 1.711 en 2024. http:// Todos los trabajadores que realicen una jornada continuada igual o superior a cinco horas, disfrutarán de un descanso de 15 minutos, que tendrán la consideración de tiempo efectivo de trabajo a todos efectos. El régimen de jornada y distribución de la misma podrá ser alterado a lo largo del a…
Art. 5 — —Horarios y turnos
Se respetará el sistema de horarios y turnos que las empresas tengan establecido con su personal. Cualquier modifi- cación de los horarios y turnos, se ajustará a la normativa vigente, con la excepción prevista en el…
Art. 6 — —Vacaciones
Todos los trabajadores tendrán derecho a treinta días naturales de vacaciones retribuidas al año. La fecha para el comienzo de su disfrute se fijará en el mes de enero de cada año, por acuerdo entre el empresario y el trabajador, fijándose una rotación entre, los trabajadores de la plantilla, para dicho disfrute y sin menoscabo de las preferencias ya articuladas en el Estatuto de los Trabajadores. Las vacaciones se d…
Art. 7 — —Permisos retribuidos
Todos los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tendrán derecho a los siguientes permisos retribuidos: a) Por matrimonio Eclesiástico o Civil o pareja de hecho: Quince días naturales. b) Por fallecimiento, accidente, enfermedad grave (entendiendo como tal la que requiere hospitalización), e inter- vención quirúrgica (que requiera hospitalización), de parientes de primer grado de consanguinidad o afinidad y h…
Art. 8 — —Licencias
Todos los trabajadores podrán solicitar permisos o licencias sin retribuir por un período mínimo de 7 días y máximo de 3 meses en el año. Su concesión queda sujeta a las necesidades organizativas de la empresa. En todo caso no cabrá la solicitud de tal permiso para su disfrute entre los meses de junio y septiembre, con el fin de prestar servicios en otros centros sanitarios.…
Salario, pagas y complementos
Art. 15 — —Tabla de retribuciones
La tabla salarial para el año 2022 es la que se detalla en el anexo y supone un incremento lineal de 40 € del salario base de todas los grupos profesionales respecto de las tablas de 2020, actualizadas conforme al IPC general de 2019 (0,8%). El incremento lineal de 40 € no será absorbible ni compensable. La tabla salarial para el año 2023 será la que resulte de aplicar a la tabla salarial para 2022 el incremento que …
Art. 16 — —Antigüedad
Todo el personal percibirá en concepto de antigüedad, un complemento consistente en trienios, cuyo importe según grupos profesionales se señala en el anexo correspondiente.…
Art. 17 — —Plus de asistencia
Se establece un plus de asistencia de igual importe para todo el personal y en la cuantía prevista en el anexo correspondiente.…
Art. 18 — —Pagas extraordinarias
Se establecen tres pagas extraordinarias denominadas: marzo, julio y diciembre de cuantía equivalente cada una de ellas, a treinta días de salario base, más antigüedad, cuando la hubiere, correspondiente a los importes recogidos en la tabla salarial del año en curso. Cód. 2022-01886 En caso de no haberse trabajado los períodos anuales completos de devengo, se percibirán en la parte proporcional, que corresponda. Esta…
Art. 19 — —Complemento de nocturnidad
Todo trabajador que preste sus servicios en jornada nocturna, entendiéndose como tal, la comprendida entre las 22.00 y las 8.00 horas, percibirá el plus determinado en el anexo correspondiente. Los trabajadores a turno fijo nocturno mantendrán este complemento en el 25% del salario base.…
Art. 21 — bis.—Plus de transporte y dietas
En caso de desplazamiento de servicio fuera del centro de trabajo, y en el supuesto de que el desplazamiento sea realizado en el vehículo de propiedad del trabajador, habiendo sido autorizado por la dirección de la empresa, percibirá por cada km realizado la cantidad de 0,19 €. Las dietas alimenticias, cuando se devenguen, serán abonadas a razón de las siguientes cantidades: Media dieta (desayuno y comida): 20 €. Die…
Baja, excedencias y jubilación
Art. 10 — —Jubilación
Cód. 2022-01886 Los trabajadores afectados por el presente Convenio Colectivo, podrán acogerse voluntariamente al régimen de jubi- lación anticipada o parcial, con contrato de relevo en las condiciones establecidas en la legislación vigente.…
Art. 11 — —Excedencia voluntaria
Podrá ejercerse el derecho a la excedencia cuando el trabajador haya prestado servicios en la empresa durante un año con carácter fijo. El tiempo de excedencia no podrá ser superior a cinco años. http:// En materia de permisos por lactancia, reducción de jornada para el cuidado de hijos menores y excedencia para el cuidado de hijos, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente. Se podrá acumular la hora de lact…
Art. 14 — —Incapacidad Temporal
Durante el tiempo que los trabajadores se encuentren en dicha situación, tanto derivada de enfermedad común, como de accidente de trabajo o enfermedad profesional, serán considerados en activo a todos los efectos, incrementándose- les el subsidio correspondiente, en concepto de mejora directa de prestaciones a cargo de la empresa, en la cantidad necesaria para alcanzar: — Diagnósticos incluidos en el apdo. 1 del R. D…
Contratación y régimen disciplinario
Art. 9 — —Ingresos, ceses y contratos
El Comité de Empresa y Delegados de Personal recibirán información puntual del tipo de contratos que se den en su empresa. Recibos de finiquito: El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo del finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en pre- sencia de un representante legal de los trabajadores, o bien qu…
Art. 31 — —Infracciones y sanciones
Se considerará falta laboral toda acción u omisión, de la que resulte responsable el Trabajador, que se produzca con ocasión o como consecuencia de la relación laboral y que constituya un incumplimiento grave y culpable de sus obligaciones. Las faltas se graduarán atendiendo a su importancia, trascendencia, voluntariedad y malicia en su comisión en: leves, graves y muy graves. Los trabajadores podrán ser sancionados …
Datos oficiales del convenio
| Nombre oficial | Convenio de Establecimientos Sanitarios de Hospitalización y Asistencia de Asturias |
| Código REGCON | 33001315011981 |
| Ámbito | Asturias — Asturias |
| Vigencia | 1 de enero de 2025 — 31 de diciembre de 2027 |
| Estado | 🟢 Vigente hasta 2027 |
Preguntas frecuentes — Sanidad Privada Asturias
¿Cuánto cobra un enfermero/a en la sanidad privada de Asturias?
Según el convenio 2026, la categoría "Director/a-Supervisor/a de Enfermería" cobra 21.656 € brutos al año (unos 1444 €/mes), con un neto orientativo de 1511 €/mes. Fuente: BOPA Asturias 24-abr-2026 (tabla salarial 2026) + convenio 25-mar-2022.
¿Cuánto cobra un celador/a en Asturias?
La categoría "Celador/a" figura en 15.834 € brutos/año en el convenio; con el SMI como suelo legal, la retribución efectiva no baja de él.
¿Cuánto cobra un auxiliar de enfermería (TCAE) en Asturias?
La categoría "Técnico/a Cuidados Aux. Enfermería (TCAE) / Aux. Sanitario" cobra 17.532 € brutos/año (~1169 €/mes) según el convenio 2026.
¿Qué convenio se aplica en la sanidad privada de Asturias?
El "Convenio de Establecimientos Sanitarios de Hospitalización y Asistencia de Asturias" (código REGCON 33001315011981), provincial, vigente desde 01/01/2025 hasta 31/12/2027.
¿Cuál es la jornada del convenio de sanidad privada de Asturias?
La jornada laboral máxima será de 1.741 horas de trabajo efectivo al año en 2022, 1.726 horas en 2023 y 1.711 en 2024. http:// Todos los trabajadores que realicen una jornada continuada igual o superior a cinco horas, disfrutarán de un descanso de 15 minutos, …
¿Cuántos días de vacaciones tiene?
Todos los trabajadores tendrán derecho a treinta días naturales de vacaciones retribuidas al año. La fecha para el comienzo de su disfrute se fijará en el mes de enero de cada año, por acuerdo entre el empresario y el trabajador, fijándose una rotación entre, …
Fuente oficial
Texto completo y trámites en el registro oficial: REGCON — Ministerio de Trabajo (33001315011981). BOPA Asturias 24-abr-2026 (tabla salarial 2026) + convenio 25-mar-2022. Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Consulta, Asistencia y Análisis Clínicos de Asturias.