Convenio Metal Tarragona 2026: sueldos por categoría y condiciones
El convenio del metal de Tarragona (Industrias Siderometalúrgicas de Tarragona, código 43000405011993) fija salarios para 42 categorías. Desde 19.953 €/año (Peon). El convenio no distingue por oficio: soldador, tornero o fontanero del mismo nivel cobran igual. 🟠 Vence en 2026.
Sueldo por categoría — Metal Tarragona 2024
| Categoría | Bruto/mes | Bruto/año | Neto/mes | IRPF | Coste empr. | Calc. |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | ||||||
| Ingenieros | 2137 € | 29.919 € | 2017 € | 13.5% | 38.864 € | → |
| Arquitectos | 2137 € | 29.919 € | 2017 € | 13.5% | 38.864 € | → |
| Licenciados | 2137 € | 29.919 € | 2017 € | 13.5% | 38.864 € | → |
| Analista De Sistemas | 2137 € | 29.919 € | 2017 € | 13.5% | 38.864 € | → |
| Directores De Areas O Servicios | 2137 € | 29.919 € | 2017 € | 13.5% | 38.864 € | → |
| 2 | ||||||
| Aparejador | 1924 € | 26.937 € | 1816 € | 13.5% | 34.992 € | → |
| Perito, Ing. Tecnico y Diplomado | 1924 € | 26.937 € | 1816 € | 13.5% | 34.992 € | → |
| Titulados Sup. De Entrada | 1924 € | 26.937 € | 1816 € | 13.5% | 34.992 € | → |
| 3 | ||||||
| Delineante Proyectista | 1800 € | 25.199 € | 1758 € | 10.5% | 32.734 € | → |
| Dibujante Proyectista | 1800 € | 25.199 € | 1758 € | 10.5% | 32.734 € | → |
| Analista Programa | 1800 € | 25.199 € | 1758 € | 10.5% | 32.734 € | → |
| Graduado Social Sin Diplomatura | 1800 € | 25.199 € | 1758 € | 10.5% | 32.734 € | → |
| Jefes De Taller-Obra | 1800 € | 25.199 € | 1758 € | 10.5% | 32.734 € | → |
| Maestro Industrial | 1800 € | 25.199 € | 1758 € | 10.5% | 32.734 € | → |
| Jefe 1a Administrativos | 1800 € | 25.199 € | 1758 € | 10.5% | 32.734 € | → |
| Jefes De Areas-Servicio-Seccion | 1800 € | 25.199 € | 1758 € | 10.5% | 32.734 € | → |
| 4 | ||||||
| Encargados | 1618 € | 22.647 € | 1580 € | 10.5% | 29.419 € | → |
| Prof. De Oficio Especial | 1618 € | 22.647 € | 1580 € | 10.5% | 29.419 € | → |
| Delineante 1a | 1618 € | 22.647 € | 1580 € | 10.5% | 29.419 € | → |
| Tecnico En Enfermeria | 1618 € | 22.647 € | 1580 € | 10.5% | 29.419 € | → |
| Tecnicos En General | 1618 € | 22.647 € | 1580 € | 10.5% | 29.419 € | → |
| 5 | ||||||
| Prof. De Oficio 1a | 1533 € | 21.465 € | 1497 € | 10.5% | 27.883 € | → |
| Prof. De Oficio 2a | 1533 € | 21.465 € | 1497 € | 10.5% | 27.883 € | → |
| Chofer De Camion | 1533 € | 21.465 € | 1497 € | 10.5% | 27.883 € | → |
| Oficiales De Laboratorio | 1533 € | 21.465 € | 1497 € | 10.5% | 27.883 € | → |
| Viajante-Comercial | 1533 € | 21.465 € | 1497 € | 10.5% | 27.883 € | → |
| Oficiales Administrativos | 1533 € | 21.465 € | 1497 € | 10.5% | 27.883 € | → |
| Delineante 2a | 1533 € | 21.465 € | 1497 € | 10.5% | 27.883 € | → |
| Oficiales De Organizacion | 1533 € | 21.465 € | 1497 € | 10.5% | 27.883 € | → |
| 6 | ||||||
| Especialista-Capataz | 1456 € | 20.381 € | 1469 € | 7.5% | 26.475 € | → |
| Chofer De Turismo/Grua/Maq | 1456 € | 20.381 € | 1469 € | 7.5% | 26.475 € | → |
| Prof. De Oficio 3a | 1456 € | 20.381 € | 1469 € | 7.5% | 26.475 € | → |
| Especialista | 1456 € | 20.381 € | 1469 € | 7.5% | 26.475 € | → |
| Almacenero | 1456 € | 20.381 € | 1469 € | 7.5% | 26.475 € | → |
| Conserje/Dependiente | 1456 € | 20.381 € | 1469 € | 7.5% | 26.475 € | → |
| Auxiliares En General | 1456 € | 20.381 € | 1469 € | 7.5% | 26.475 € | → |
| Auxiliar Laboratorio | 1456 € | 20.381 € | 1469 € | 7.5% | 26.475 € | → |
| Telefonista | 1456 € | 20.381 € | 1469 € | 7.5% | 26.475 € | → |
| 7 | ||||||
| Peon | 1425 € | 19.953 € | 1439 € | 7.5% | 25.919 € | → |
| Vigilante | 1425 € | 19.953 € | 1439 € | 7.5% | 25.919 € | → |
| Ordenanza | 1425 € | 19.953 € | 1439 € | 7.5% | 25.919 € | → |
| Portero | 1425 € | 19.953 € | 1439 € | 7.5% | 25.919 € | → |
* Bruto/año = dato del convenio. Neto orientativo (soltero sin hijos, IRPF 2026); calcula el tuyo exacto con el botón. Coste empresa incluye SS patronal 29,9%. BOP Tarragona 13-1-2022, Tablas Salariales 2024 (Siderometalurgiques Tarragona). Tabla 2023 en misma fuente p52.
Condiciones laborales — Metal Tarragona
Datos clave del convenio (jornada, vacaciones, permisos y pluses), extraídos de su texto oficial:
Texto del convenio — Metal Tarragona
Artículos del convenio agrupados por materia. Despliega para leer el texto completo.
Jornada, vacaciones y permisos
Art. 30 — Jornada anual
El tiempo de trabajo, en cómputo anual, será de 1.752 horas durante el año 2022. A 1 de enero de 2023, el tiempo de trabajo anual se reducirá en 8 horas, quedando en adelante establecido el cómputo anual en 1744 horas. Expresamente se pacta que el tiempo de descanso por bocadillo en jornada continuada no computará como trabajo efectivo. En caso de jornada partida podrá suprimirse el tiempo de boca…
Art. 32 — Calendario laboral
Anualmente se elaborará por la empresa el calendario laboral. La fijación del calendario se realizará Butlletí Oficial de la Província de Tarragona | Data 13-12-2022 | CVE 2022-10790 | Pàg. 18-55 | https://dipta.cat/e respetando los límites establecidos legalmente respecto al régimen de descansos, y la consulta previa a los representantes de los trabajadores. Será obligatorio exponer en lugar visi…
Art. 33 — Vacaciones
Todos los trabajadores/as comprendidos en este Convenio disfrutarán de un período de treinta días naturales de vacaciones, que empezarán en lunes no festivo en el periodo estival entre quince de junio y quince de septiembre. Por acuerdo entre las partes, el período vacacional podrá fraccionarse en dos, uno de los cuales deberá disfrutarse entre el 15 de junio y el 15 de septiembre, en cuyo caso se…
Art. 34 — Distribución irregular de la jornada
Se podrá establecer la distribución irregular de la jornada, siempre que así lo acuerden ambas partes, empresas y representantes legales de los trabajadores/as. Dicha distribución deberá respetar en todo caso los períodos mínimos de descanso diario y la jornada anual previstos en el presente Convenio y en la Ley. Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente, mediarán como mínimo, do…
Art. 39 — Licencias
Los trabajadores y trabajadoras, previo aviso y justificación, podrán ausentarse al trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y durante el tiempo que a continuación se expone: 39.1 Matrimonio, será de 17 días naturales y con obligación de disfrute. Se iniciarán el primer día laborable siguiente a la celebración del matrimonio; el día de celebración del matrimonio o unión civil…
Art. 40 — Licencias de exámenes
Los aprendices y aprendizas tendrán derecho a doce medias jornadas libres para estudiar en época de examen. Todo el personal tendrá derecho a un máximo de dos días al año para preparar exámenes para la obtención de un título académico o de formación profesional. Todo el personal tendrá derecho a licencia para acudir a exámenes para la obtención de título académico o de formación profesional, debie…
Complementos y pluses
Art. 15 — Columna para cálculo de pluses
6 Expresamente se pacta que los conceptos que hasta 31.12.95 se calculaban sobre el salario base, se calcularán sobre la columna cálculo pluses de las tablas anexas. Se revisarán cada año de acuerdo con lo previsto en el…
Art. 18 — Pluses
18.1. Plus jefe de equipo. El plus jefe de equipo se mantiene en las mismas condiciones que está regulado en el vigente Convenio colectivo. 18.2. Plus de nocturnidad. Será un 25% sobre el salario convenio. 18.3. Plus retén. Se incluyen los sectores de cementeras y ciclos combinados; tendidos, generación, transporte y distribución de energía eléctrica; telecomunicaciones; alumbrado público y semáfo…
Art. 26 — Salidas, viajes y dietas
16 Todos los trabajadores/as, incluidos los trabajadores/as para tendido de líneas de conducción de energía eléctrica y electrificación de ferrocarriles, que por necesidades de la empresa deban salir de viaje percibirán aparte del importe de éste y del alojamiento con desayuno, la dieta mínima diaria por las comidas serán las establecidas en las tablas salariales para cada uno de los años de vigen…
Art. 86 — Plus de toxicidad, penosidad o peligrosidad
Se procurará, siempre que sea posible, adoptar las medidas necesarias para evitar la existencia de toxicidad, penosidad o peligrosidad. El trabajador o trabajadora que efectúe trabajo declarado tóxico, penoso o peligroso podrá optar entre reducir la jornada laboral diaria en una hora, con pérdida total del plus tóxico, penoso o peligroso, o seguir percibiendo dicho plus, debiendo comunicarlo a la …
Art. 108 — Plus de parada
108.1 Definición de parada. Se entiende como tales las paradas técnicas programadas en el presupuesto del año en curso que se realizan para el mantenimiento de las unidades o bloques de unidades de producción y que solo pueden ejecutarse con las unidades fuera de servicio en su totalidad. Salvo lo más adelante contemplado, se considerarán las paradas de emergencia, las imprevistas, las de carácter…
Art. 109 — Retenes, turnicidad y nocturnidad
a. Los retenes se abonarán de la siguiente manera: - Por retén semanal por el periodo comprendido de lunes a domingo. - Por retén de fin de semana o festivos. - La llamada de retén. Las cuantías correspondientes a los citados Pluses Retén, para los años 2022, 2023, 2024 y 2025 se establecen en las tablas salariales para cada uno de los años de vigencia del convenio. b. El plus de nocturnidad se ab…
Baja, antigüedad y jubilación
Art. 17 — Antigüedad
El personal comprendido en el presente Convenio percibirá aumentos periódicos por años de servicio, consistentes en el abono de cuatrienios en la cuantía prevista en la tabla anexa correspondiente a la categoría en que se esté clasificado. El cómputo de la antigüedad se regulará según los siguientes apartados: a) La fecha inicial para su determinación será la de ingreso en la empresa con relación …
Art. 83 — Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Las partes consideran conveniente mejorar los procedimientos de colaboración entre las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, la Seguridad Social y los servicios públicos de salud, en materia de gestión de la incapacidad temporal, adhiriéndose a los acuerdos que sobre esta materia alcancen las organizaciones empresariales y sindicales más representativas a nivel estatal, en …
Art. 88 — Investigación de accidentes
Desde el momento en que tengan conocimiento, los empresarios, o en su caso la persona que tenga asumida dicha función en la organización, comunicarán a los Delegados/as de Prevención los Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, con baja, sufridos por el personal de la empresa. También deberán comunicar a los mismos, la hora de inicio de la investigación del accidente, para recabar su pa…
Art. 92 — Baja de enfermedad - Incapacidad temporal
Las empresas abonarán, en los casos de baja por enfermedad, el subsidio por incapacidad temporal, en cuantía del cien por cien los cinco primeros días de baja al año independientemente de que éstos sean continuos o no, acumulando hasta cinco días si las bajas son inferiores, hasta cubrir dicha cantidad. En situaciones de incapacidad temporal derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesion…
Contratación y régimen disciplinario
Art. 47 — Contratación temporal
Los contratos formativos, en alternancia o para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios, y los contratos de duración determinada, por circunstancias en la producción o de sustitución, se regirán por la legislación vigente y por lo dispuesto en el Convenio Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal.…
Art. 48 — Contrato fijo – discontinuo
Esta modalidad contractual se regulará según lo dispuesto en la legislación vigente y en el Convenio Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal.…
Art. 49 — Contrato a tiempo parcial
El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable. El contrato a tiempo parcial deberá formalizarse necesariamente por escrito, debiendo constar en él, el número ordinario de horas de trabajo …
Art. 54 — Resolución o desistimiento del contrato
Durante el período de prueba, el contrato de trabajo podrá ser resuelto a instancia de cualquiera de las partes. El desistimiento o resolución del contrato de trabajo durante el período de prueba puede producirse en cualquier momento del mismo, salvo que las partes pacten un mínimo de período de prueba o la necesidad de preaviso. La resolución del contrato durante el período de prueba no implica i…
Art. 55 — Interrupción del período de prueba
El período de prueba se computará por días laborables de trabajo efectivo. Las situaciones de incapacidad temporal, nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia y violencia de género, que afecten a la persona trabajadora durante el periodo de prueba, interrumpen el cómputo del mismo siempre que se produzca acuerdo entre am…
Art. 56 — Preaviso de cese
En el caso de que un trabajador/a desee cesar en la empresa el plazo de preaviso será: - 15 días para los grupos 6 y 7 - 30 días para los grupos 1, 2, 3, 4 y 5. Al causar baja en la empresa tendrá derecho a que se le abone de forma separada los salarios pendientes pago, con independencia de que acepte o no el finiquito. Capítulo XIII. Movilidad geográfica Artículo 57. Concepto y requisitos La movi…
Art. 63 — Faltas leves
Se considerarán faltas leves las siguientes: a. La impuntualidad no justificada, en la entrada o en la salida del trabajo, de hasta tres ocasiones en un período de un mes. b. La inasistencia injustificada de un día al trabajo en el período de un mes. 29 c. No notificar con carácter previo, o en su caso, dentro de las 24 horas siguientes, la inasistencia al trabajo, salvo que se pruebe la imposibil…
Art. 64 — Faltas graves
Se consideran faltas graves las siguientes: a. La impuntualidad no justificada en la entrada o en la salida del trabajo en más de tres ocasiones en el período de un mes. b. La inasistencia no justificada al trabajo de dos días consecutivos o de cuatro alternos, durante el período de un mes. Bastará una sola falta al trabajo, cuando ésta afectara al relevo de un compañero/a o si como consecuencia d…
Art. 65 — Faltas muy graves
Se considerarán faltas muy graves las siguientes: a. La impuntualidad no justificada en la entrada o en la salida del trabajo en más de diez ocasiones durante el período de seis meses, o bien más de veinte en un año. b. La inasistencia no justificada al trabajo durante tres o más días consecutivos o cinco alternos en un período de un mes. c. El fraude, deslealtad o abuso de confianza en las gestio…
Art. 66 — Sanciones
Las sanciones máximas que podrán imponerse por la comisión de las faltas señaladas son las siguientes: a. Por faltas leves Amonestación por escrito b. Por faltas graves Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo de dos a veinte días c. Por faltas muy graves Amonestación por escrito Suspensión de empleo y sueldo de veintiuno a sesenta días Despido…
Art. 67 — Prescripción
Dependiendo de su graduación, las faltas prescriben a los siguientes días: Faltas leves: diez días Faltas graves: veinte días Faltas muy graves: sesenta días La prescripción de las faltas señaladas empezará a contar a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido.…
Art. 113 — Subcontratación de actividades
Cuando una empresa vaya a subcontratar parcial o totalmente alguna de sus actividades, estará obligada a informar con carácter previo al comité de empresa o delegados sindicales de dicha decisión.…
Datos oficiales del convenio
| Nombre oficial | Industrias Siderometalúrgicas de Tarragona |
| Código REGCON | 43000405011993 |
| Ámbito | Tarragona — Cataluña |
| Vigencia | 1 de enero de 2024 — 31 de diciembre de 2026 |
| Estado | 🟠 Vence en 2026 |
Preguntas frecuentes — Metal Tarragona
¿Cuánto cobra un peon del metal en Tarragona?
Un peon cobra 19.953 € brutos al año (unos 1425 €/mes en 14 pagas), con un neto orientativo de 1439 €/mes. Fuente: BOP Tarragona 13-1-2022, Tablas Salariales 2024 (Siderometalurgiques Tarragona).
¿Existe convenio propio del metal en Tarragona?
Sí. Industrias Siderometalúrgicas de Tarragona (código REGCON 43000405011993), vigente desde 01/01/2024 hasta 31/12/2026.
¿Cuál es la jornada del convenio del metal de Tarragona?
El tiempo de trabajo, en cómputo anual, será de 1.752 horas durante el año 2022. A 1 de enero de 2023, el tiempo de trabajo anual se reducirá en 8 horas, quedando en adelante establecido el cómputo anual en 1744 horas. Expresamente se pacta que el tiempo de de…
¿Cuántos días de vacaciones tiene el metal en Tarragona?
Todos los trabajadores/as comprendidos en este Convenio disfrutarán de un período de treinta días naturales de vacaciones, que empezarán en lunes no festivo en el periodo estival entre quince de junio y quince de septiembre. Por acuerdo entre las partes, el pe…
¿Qué permisos retribuidos recoge el convenio?
Los trabajadores y trabajadoras, previo aviso y justificación, podrán ausentarse al trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y durante el tiempo que a continuación se expone: 39.1 Matrimonio, será de 17 días naturales y con obligación de disfrute. Se iniciarán el primer día lab…
¿Cuánto se cobra de baja en el metal de Tarragona?
Las partes consideran conveniente mejorar los procedimientos de colaboración entre las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, la Seguridad Social y los servicios públicos de salud, en materia de gestión de la incapacidad temporal, adhiri…
Fuente oficial
Consulta el texto completo y trámites en el registro oficial: REGCON — Ministerio de Trabajo (43000405011993). BOP Tarragona 13-1-2022, Tablas Salariales 2024 (Siderometalurgiques Tarragona). Tabla 2023 en misma fuente p52.