Convenio Metal Murcia 2026: sueldos por categoría y condiciones

El convenio del metal de Murcia (Industrias Siderometalúrgicas de Murcia, código 30001245011981) fija salarios para 66 categorías. Desde 19.879 €/año (Ordenanza y porteros). El convenio no distingue por oficio: soldador, tornero o fontanero del mismo nivel cobran igual. 🟢 Vigente hasta 2027.

Sueldo por categoría — Metal Murcia 2025

CategoríaBruto/mesBruto/añoNeto/mesIRPFCoste empr.Calc.
Subalternos
Chofer de Camion1480 €20.714 €1493 €7.5%26.908 €
Chofer de turismo1471 €20.595 €1485 €7.5%26.753 €
Enfermero1471 €20.595 €1485 €7.5%26.753 €
Cabo de guardias1471 €20.587 €1484 €7.5%26.743 €
Listero1458 €20.414 €1472 €7.5%26.517 €
Dependiente Principal Economato1458 €20.414 €1472 €7.5%26.517 €
Almacenero1452 €20.328 €1466 €7.5%26.406 €
Chofer de motociclo1445 €20.233 €1459 €7.5%26.282 €
Pesador o basculero1438 €20.135 €1452 €7.5%26.155 €
Guardia jurado1432 €20.050 €1446 €7.5%26.045 €
Dependiente Auxiliar Economato1432 €20.050 €1446 €7.5%26.045 €
Telefonista mas de 1 ano1432 €20.050 €1446 €7.5%26.045 €
Vigilante1430 €20.017 €1443 €7.5%26.003 €
Telefonista hasta 1 ano1428 €19.998 €1442 €7.5%25.977 €
Ordenanza y porteros1420 €19.879 €1433 €7.5%25.823 €
Administrativos
Jefe de primera (admin)1628 €22.790 €1590 €10.5%29.604 €
Jefe de segunda (admin)1589 €22.243 €1552 €10.5%28.894 €
Oficial de primera (admin)1536 €21.501 €1500 €10.5%27.930 €
Viajante1536 €21.501 €1500 €10.5%27.930 €
Oficial de segunda (admin)1500 €20.996 €1514 €7.5%27.274 €
Auxiliar (admin)1454 €20.351 €1467 €7.5%26.436 €
Técnicos de oficina
Delineante proyectista1600 €22.405 €1563 €10.5%29.104 €
Dibujante proyectista1600 €22.405 €1563 €10.5%29.104 €
Delineante de primera1536 €21.501 €1500 €10.5%27.930 €
Practico de topografia1536 €21.501 €1500 €10.5%27.930 €
Fotografo1536 €21.501 €1500 €10.5%27.930 €
Delineante de segunda1500 €20.996 €1514 €7.5%27.274 €
Archivero bibliotecario1500 €20.996 €1514 €7.5%27.274 €
Calcador1454 €20.351 €1467 €7.5%26.436 €
Reproductor fotografias1454 €20.351 €1467 €7.5%26.436 €
Auxiliar (oficina)1454 €20.351 €1467 €7.5%26.436 €
Reproductor de planos1428 €19.998 €1442 €7.5%25.977 €
Técnicos de taller
Jefe de taller1624 €22.735 €1586 €10.5%29.533 €
Maestro taller, Contramaestre1546 €21.641 €1510 €10.5%28.112 €
Encargado1546 €21.641 €1510 €10.5%28.112 €
Maestro de segunda1536 €21.501 €1500 €10.5%27.930 €
Capataz peones o especialistas1532 €21.454 €1497 €10.5%27.869 €
Técnicos titulados
Ingeniero Arquitecto licenciado1775 €24.851 €1734 €10.5%32.281 €
Perito, Aparejador direccion Tecnica1747 €24.465 €1707 €10.5%31.779 €
Peritos o Aparejadores1689 €23.650 €1650 €10.5%30.721 €
Graduados Sociales1624 €22.735 €1586 €10.5%29.533 €
Maestros Industriales1574 €22.038 €1537 €10.5%28.628 €
Maestros Ensenanza primaria1536 €21.501 €1500 €10.5%27.930 €
Ayudantes Tecnicos Sanitarios1440 €20.158 €1453 €7.5%26.186 €
Obrero
Especialista1460 €20.438 €1474 €7.5%26.549 €
Mozo Almacen1460 €20.438 €1474 €7.5%26.549 €
Peon1443 €20.200 €1456 €7.5%26.240 €
Oficio
Buzos1628 €22.793 €1590 €10.5%29.608 €
Hombre rana1628 €22.793 €1590 €10.5%29.608 €
Oficial de primera1501 €21.008 €1515 €7.5%27.289 €
Oficial de segunda1481 €20.732 €1495 €7.5%26.930 €
Oficial de tercera1462 €20.472 €1476 €7.5%26.593 €
Tecnico laboratorio
Jefe de laboratorio1646 €23.037 €1607 €10.5%29.925 €
Jefe de Seccion (laboratorio)1584 €22.176 €1547 €10.5%28.807 €
Analista de primera1524 €21.329 €1538 €7.5%27.707 €
Analista de segunda1477 €20.679 €1491 €7.5%26.862 €
Auxiliar de laboratorio1454 €20.351 €1467 €7.5%26.436 €
Tecnico diques
Jefe de dique1624 €22.735 €1586 €10.5%29.533 €
Jefe de muelle1546 €21.641 €1510 €10.5%28.112 €
Encargado general1546 €21.641 €1510 €10.5%28.112 €
Tecnico organizacion
Jefe de seccion de primera (org)1600 €22.405 €1563 €10.5%29.104 €
Jefe de seccion de segunda (org)1589 €22.242 €1552 €10.5%28.892 €
Tecnico de primera (org)1536 €21.501 €1500 €10.5%27.930 €
Tecnico de segunda (org)1500 €20.996 €1514 €7.5%27.274 €
Auxiliar (org)1467 €20.543 €1481 €7.5%26.686 €
Limpieza
Personal de Limpieza (diario)1443 €20.200 €1456 €7.5%26.240 €

* Bruto/año = dato del convenio. Neto orientativo (soltero sin hijos, IRPF 2026); calcula el tuyo exacto con el botón. Coste empresa incluye SS patronal 29,9%. BOP Murcia N.69, 23-mar-2024, ANEXO II Tablas Salariales Convenio del Metal Ano 2025. Tabla 2024 en misma fuente p4.

Condiciones laborales — Metal Murcia

Datos clave del convenio (jornada, vacaciones, permisos y pluses), extraídos de su texto oficial:

1.759 hJornada anual
30 díasVacaciones

Texto del convenio — Metal Murcia

Artículos del convenio agrupados por materia. Despliega para leer el texto completo.

Jornada, vacaciones y permisos

Art. 23 — Jornada de trabajo

A) Duración La jornada laboral para el año 2019, 2020, 2021 y 2022 queda fijada en 1.759 horas de trabajo efectivo anuales, para los trabajadores contratados a tiempo completo. Para los trabajadores contratados a tiempo parcial, a estas 1.759 horas anuales se le aplicará su reducción porcentual, en proporción a la jornada pactada en contrato. Si por cualquier circunstancia a lo largo de año la jor…

Art. 24 — Vacaciones

Los trabajadores comprendidos en este convenio tendrán una vacación anual retribuida de 30 días naturales. En el caso de que éstas se disfruten por períodos inferiores a 30 días naturales, aquéllas no podrán comenzar en sábado, domingo o festivo. Las vacaciones se disfrutarán durante 21 días naturales ininterrumpidos, siempre que las necesidades objetivas de trabajo de la empresa lo permitan, y pr…

Art. 25 — Licencias

El trabajador, avisando con la posible antelación, tendrá derecho a permisos retribuidos con el salario contractual o pactado por las siguientes causas: l.º- Quince días naturales en caso de matrimonio civil o canónico, en primera o sucesivas nupcias, en su caso. 2.º- Cinco días naturales en caso de fallecimiento del cónyuge, garantizándose en todo caso la licencia de días hábiles establecida en e…

Complementos y pluses

Art. 28 — Plus de convenio

Con la finalidad de incrementar las percepciones a los productores y retribuir el mayor interés y esfuerzo realizados para la obtención de incrementos de producción en cantidad y calidad, se pacta un plus de convenio, cuya cuantía para los distintos grupos profesionales se recoge en la Columna 2 del Anexo de retribuciones. En su caso se practicará una revisión en los términos previstos en el artíc…

Art. 31 — Pluses especiales

Se abonarán los pluses especiales de nocturnidad, trabajos penosos, tóxicos y peligrosos, cuando procediera. La cuantía de cada uno de ellos será el veinte por ciento del salario base pactado en el presente Convenio, excepto el plus de nocturnidad, cuya cuantía será del veinticinco por ciento. Dichos pluses, en su caso, se acumularán cobrándose varios, si procediera, por un mismo trabajo. En tanto…

Art. 33 — Plus por desempeño

Teniendo en cuenta el especial interés de fomentar la seguridad y calidad en el resultado de los trabajos, se abonará un Plus de Desempeño a los trabajadores, independientemente de su categoría profesional y que presten sus servicios de forma directa y con presencia en planta, en las Paradas Técnicas Programadas llevadas a cabo en las Refinerías de Petróleo, en las empresas de producción de bases …

Art. 34 — Dietas, gastos de viaje y gastos de locomoción

Para el 2019, 2020, 2021 y 2022 y desde la fecha de publicación del presente convenio en el las siguientes cuantías, no generando pago de atrasos: Media dieta nacional: 13,82 euros, comprenderán comida o cena. Dieta Completa nacional: 26 euros que incluye desayuno, 2,18 euros, comida 13,82 euros y cena 10 euros. Dieta internacional: será superior a la nacional y se deberá informar al trabajador y …

Baja, antigüedad y jubilación

Art. 30 — Antigüedad

De acuerdo con la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, publicada en el los trabajadores afectados por el presente Convenio, percibirán un premio por antigüedad en la empresa, consistente en el cinco por ciento del salario base por quinquenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 25 del Estatuto de los Trabajadores y como máximo cinco quinquenios. El devengo de la antigüe…

Art. 32 — Premio de vinculación

Todos los trabajadores de la Industria Siderometalúrgica que se jubilen durante la vigencia del presente convenio o sus prórrogas percibirán, la cantidad de 23,44€ (veintitrés con cuarenta y cuatro euros), por cada trienio trabajado en la empresa, y todo ello con arreglo a la totalidad de años trabajados ininterrumpidamente en dicha empresa, hasta cumplir los 60 años o edad mínima de jubilación.…

Art. 37 — Indemnización por accidente laboral

Las empresas afectadas por este convenio suscribirán una póliza de seguro de sus trabajadores para que, en caso de muerte, gran invalidez o invalidez permanente absoluta para todo trabajo derivado de accidente laboral, los mismos o sus herederos perciban las indemnizaciones que a continuación se especifican: Para el año 2019. 2020, 2021 y 2022, la cuantía de la Indemnización quedará fijada en los …

Art. 38 — Complemento por incapacidad temporal

El trabajador que causara baja por enfermedad percibirá de la empresa, desde la fecha de publicación del Convenio en el BORM, un complemento que se calculará sobre el salario base, plus de Convenio y antigüedad. Este complemento será, en caso de enfermedad, del veinte por ciento desde el octavo al vigésimo día, ambos inclusive, y del veinticinco por ciento a partir del vigésimo primero. Caso de ac…

Art. 65 — Jubilación anticipada

Aquellos trabajadores que reuniendo los requisitos legales para poder anticipar su jubilación, comunicarán su deseo a la empresa en tal sentido, y en el caso de que se llegue a algún acuerdo los trabajadores percibirán como premio para dicha jubilación la cantidad que libremente se pacte.…

Contratación y régimen disciplinario

Art. 15 — Periodo de prueba

1.º- Podrá concertarse por escrito un período de prueba, que en ningún caso podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados ni de dos meses los demás trabajadores, salvo que las empresas tenga menos de 25 trabajadores en cuyo caso el período de prueba no podrá exceder de tres meses. En el caso de personal obrero, personal subalterno, aspirante de todos los oficios y personal de limpieza la…

Art. 41 — Finiquito

Finalizada la relación laboral, la empresa presentará al trabajador para su firma el correspondiente finiquito. El trabajador podrá optar entre: a) Solicitar la asistencia de un delegado de personal o miembro del Comité de Empresa, según proceda, en cuyo caso, y con el visto bueno de estos últimos y la conformidad del trabajador, el finiquito tendrá carácter liberatorio inmediato y con carácter ir…

Art. 51 — Graduación de las faltas

Toda falta cometida por los trabajadores se clasificará en atención a su trascendencia o intención en: leve, grave o muy grave.…

Art. 52 — Faltas leves

Se considerarán faltas leves las siguientes: a. La impuntualidad no justificada en la entrada o en la salida del trabajo de hasta tres ocasiones en un período de un mes. b. La inasistencia injustificada de un día al trabajo en el período de un mes. c. No notificar con carácter previo, o en su caso, dentro de las 24 horas siguientes, la inasistencia al trabajo, salvo que se pruebe la imposibilidad …

Art. 53 — Faltas graves

Se consideran faltas graves las siguientes: a. La impuntualidad no justificada en la entrada o en la salida del trabajo en más de tres ocasiones en el período de un mes. NPE: A-130520-2217 Número 109 Miércoles, 13 de mayo de 2020 Página 9423 b. La inasistencia no justificada al trabajo de dos a cuatro días, durante el período de un mes. Bastará una sola falta al trabajo cuando ésta afectara al rel…

Art. 54 — Faltas muy graves

Se considerarán faltas muy graves las siguientes: a. La impuntualidad no justificada en la entrada o en la salida del trabajo en más de diez ocasiones durante el período de seis meses, o bien más de veinte en un año. b. La inasistencia al trabajo durante tres días consecutivos o cinco alternos en un período de un mes. c. El fraude, deslealtad o abuso de confianza en las gestiones encomendadas y el…

Art. 55 — Sanciones

Las sanciones máximas que podrán imponerse por la comisión de las faltas señaladas son las siguientes: a. Por faltas leves Amonestación por escrito b. Por faltas graves Amonestación por escrito Suspensión de empleo y sueldo de dos a veinte días c. Por faltas muy graves Amonestación por escrito Suspensión de empleo y sueldo de veintiuno a sesenta días Despido…

Art. 56 — Prescripción

Dependiendo de su graduación, las faltas prescriben a los siguientes días: Faltas leves: diez días Faltas graves: veinte días Faltas muy graves: sesenta días La prescripción de las faltas señaladas empezará a contar a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido. NPE: A-130520-2217 Número 109 Miércoles, 13 de mayo de 20…

Art. 58 — Contratos eventuales

Cuando las circunstancias del mercado, acumulación de tareas o excesos de pedidos así los exigieran, aún tratándose de la actividad normal de la empresa, los contratos podrán celebrarse con una duración máxima de 12 meses, dentro de un período de 18 meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. NPE: A-130520-2217 Número 109 Miércoles, 13 de mayo de 2020 Página 9426…

Art. 59 — Contratos para la formación y el aprendizaje para

personas con discapacidad De acuerdo con el artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, y en tanto éste no sea modificado o derogado en cuyo caso se estará a la legislación vigente, la duración mínima del contrato de formación para disminuidos psíquicos será de un año y la máxima de tres años.…

Calcular mi sueldo neto →

Datos oficiales del convenio

Nombre oficialIndustrias Siderometalúrgicas de Murcia
Código REGCON30001245011981
ÁmbitoMurcia — Murcia
Vigencia1 de enero de 2025 — 31 de diciembre de 2027
Estado🟢 Vigente hasta 2027

Preguntas frecuentes — Metal Murcia

¿Cuánto cobra un ordenanza y porteros del metal en Murcia?

Un ordenanza y porteros cobra 19.879 € brutos al año (unos 1420 €/mes en 14 pagas), con un neto orientativo de 1433 €/mes. Fuente: BOP Murcia N.

¿Existe convenio propio del metal en Murcia?

Sí. Industrias Siderometalúrgicas de Murcia (código REGCON 30001245011981), vigente desde 01/01/2025 hasta 31/12/2027.

¿Cuál es la jornada del convenio del metal de Murcia?

A) Duración La jornada laboral para el año 2019, 2020, 2021 y 2022 queda fijada en 1.759 horas de trabajo efectivo anuales, para los trabajadores contratados a tiempo completo. Para los trabajadores contratados a tiempo parcial, a estas 1.759 horas anuales se …

¿Cuántos días de vacaciones tiene el metal en Murcia?

Los trabajadores comprendidos en este convenio tendrán una vacación anual retribuida de 30 días naturales. En el caso de que éstas se disfruten por períodos inferiores a 30 días naturales, aquéllas no podrán comenzar en sábado, domingo o festivo. Las vacacione…

¿Qué permisos retribuidos recoge el convenio?

El trabajador, avisando con la posible antelación, tendrá derecho a permisos retribuidos con el salario contractual o pactado por las siguientes causas: l.º- Quince días naturales en caso de matrimonio civil o canónico, en primera o sucesivas nupcias, en su caso. 2.º- Cinco días naturales en caso de…

¿Cuánto se cobra de baja en el metal de Murcia?

Las empresas afectadas por este convenio suscribirán una póliza de seguro de sus trabajadores para que, en caso de muerte, gran invalidez o invalidez permanente absoluta para todo trabajo derivado de accidente laboral, los mismos o sus herederos perciban las i…

Fuente oficial

Consulta el texto completo y trámites en el registro oficial: REGCON — Ministerio de Trabajo (30001245011981). BOP Murcia N.69, 23-mar-2024, ANEXO II Tablas Salariales Convenio del Metal Ano 2025. Tabla 2024 en misma fuente p4.