Convenio Metal Málaga 2026: sueldos por categoría y condiciones
El convenio del metal de Málaga (INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS, código 29000145011982) fija salarios para 36 categorías. Desde 16.578 €/año (Aprendiz menor de 18 anos). El convenio no distingue por oficio: soldador, tornero o fontanero del mismo nivel cobran igual. 🟢 Vigente hasta 2028.
Sueldo por categoría — Metal Málaga 2025
| Categoría | Bruto/mes | Bruto/año | Neto/mes | IRPF | Coste empr. | Calc. |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Operarios | ||||||
| Oficial 1a | 1630 € | 22.821 € | 1592 € | 10.5% | 29.645 € | → |
| Oficial 2a | 1575 € | 22.048 € | 1538 € | 10.5% | 28.640 € | → |
| Oficial 3a | 1535 € | 21.487 € | 1499 € | 10.5% | 27.911 € | → |
| Especialista/Limpiador | 1520 € | 21.274 € | 1534 € | 7.5% | 27.635 € | → |
| Peon | 1470 € | 20.577 € | 1484 € | 7.5% | 26.730 € | → |
| Aprendiz menor de 18 anos | 1184 € | 16.578 € | 1266 € | 2% | 21.535 € | → |
| Subalternos | ||||||
| Chofer camion | 1583 € | 22.163 € | 1546 € | 10.5% | 28.789 € | → |
| Chofer turismo | 1561 € | 21.856 € | 1525 € | 10.5% | 28.391 € | → |
| Dependiente principal | 1506 € | 21.089 € | 1520 € | 7.5% | 27.395 € | → |
| Almacenero | 1477 € | 20.678 € | 1491 € | 7.5% | 26.860 € | → |
| Portero | 1464 € | 20.493 € | 1477 € | 7.5% | 26.620 € | → |
| Administrativos | ||||||
| Jefe 1a (admin) | 1969 € | 27.569 € | 1859 € | 13.5% | 35.812 € | → |
| Jefe 2a (admin) | 1825 € | 25.544 € | 1782 € | 10.5% | 33.181 € | → |
| Oficial 1a (admin) | 1672 € | 23.402 € | 1632 € | 10.5% | 30.399 € | → |
| Viajante | 1672 € | 23.402 € | 1632 € | 10.5% | 30.399 € | → |
| Oficial 2a (admin) | 1553 € | 21.736 € | 1516 € | 10.5% | 28.235 € | → |
| Auxiliar Administrativo | 1480 € | 20.722 € | 1494 € | 7.5% | 26.918 € | → |
| Técnicos de oficina | ||||||
| Delineante Proyectista | 1846 € | 25.839 € | 1742 € | 13.5% | 33.565 € | → |
| Delineante 1a | 1672 € | 23.402 € | 1632 € | 10.5% | 30.399 € | → |
| Practico de Fotografia | 1672 € | 23.402 € | 1632 € | 10.5% | 30.399 € | → |
| Delineante 2a | 1553 € | 21.735 € | 1516 € | 10.5% | 28.234 € | → |
| Laboratorio | ||||||
| Jefe de Seccion | 2012 € | 28.167 € | 1899 € | 13.5% | 36.589 € | → |
| Analisis 1a | 1644 € | 23.014 € | 1605 € | 10.5% | 29.896 € | → |
| Analisis 2a | 1487 € | 20.813 € | 1501 € | 7.5% | 27.036 € | → |
| Organización | ||||||
| Jefe 1a (organizacion) | 1884 € | 26.371 € | 1778 € | 13.5% | 34.256 € | → |
| Jefe 2a (organizacion) | 1825 € | 25.553 € | 1783 € | 10.5% | 33.193 € | → |
| Técnicos de taller | ||||||
| Jefe de Taller | 2042 € | 28.586 € | 1927 € | 13.5% | 37.134 € | → |
| Contramaestre | 1773 € | 24.822 € | 1732 € | 10.5% | 32.244 € | → |
| Maestro de Taller | 1769 € | 24.762 € | 1727 € | 10.5% | 32.166 € | → |
| Encargado | 1769 € | 24.762 € | 1727 € | 10.5% | 32.166 € | → |
| Maestro de 2a | 1764 € | 24.703 € | 1723 € | 10.5% | 32.089 € | → |
| Capataz Especialista | 1764 € | 24.703 € | 1723 € | 10.5% | 32.089 € | → |
| Técnicos titulados | ||||||
| Arquitecto/Ing.Tec./Licenciado | 2473 € | 34.617 € | 2239 € | 17% | 44.967 € | → |
| Graduado Social | 1950 € | 27.305 € | 1841 € | 13.5% | 35.469 € | → |
| ATS | 1950 € | 27.305 € | 1841 € | 13.5% | 35.469 € | → |
| Maestro Industrial | 1782 € | 24.952 € | 1741 € | 10.5% | 32.412 € | → |
* Bruto/año = dato del convenio. Neto orientativo (soltero sin hijos, IRPF 2026); calcula el tuyo exacto con el botón. Coste empresa incluye SS patronal 29,9%. BOP Malaga N.233, 5-dic-2025, ANEXO I TABLA 2025 (+3%). Convenio Siderometalurgico Malaga 2025-2028.
Condiciones laborales — Metal Málaga
Datos clave del convenio (jornada, vacaciones, permisos y pluses), extraídos de su texto oficial:
Texto del convenio — Metal Málaga
Artículos del convenio agrupados por materia. Despliega para leer el texto completo.
Jornada, vacaciones y permisos
Art. 12 — Jornada
La duración de la jornada de trabajo para la vigencia del presente convenio será de 1.756 horas anuales en 2025 y 2026, 1.754 horas anuales en 2027 y 1.752 horas anuales en 2028. Anualmente se elaborará por la empresa el calendario laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de trabajo. En atención a lo señalado de las fechas, las jornadas laborables de los…
Art. 13 — Vacaciones
Los trabajadores comprendidos en este convenio tendrán derecho al disfrute anual de treinta días naturales de vacaciones, de los cuales al menos veintidós días serán laborables. En la medida en que las necesidades de la empresa lo permitan, el periodo de disfrute de las vacaciones será preferentemente durante los meses de junio a septiembre. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa jun…
Art. 14 — Licencias retribuidas
La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente: a) Quince días naturales en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho. b) Cinco días laborables por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del …
Complementos y pluses
Art. 20 — Salidas viajes y dietas
Todos los trabajadores que por necesidades y orden de la empresa tengan que efectuar viajes o desplazamientos a poblaciones o puntos distintos de los que radique el centro de trabajo, disfrutarán además de su salario, de las siguientes percepciones: a) Desde 8 km se establece una ayuda para comida cuya cuantía será de 10,50 euros por día, si no se tiene derecho a media dieta para el año 2025. Para…
Art. 21 — Quebranto de moneda
Año: 2026. El personal que realice pagos y cobros, siendo responsables de los mismos, percibirá en concepto de quebranto de moneda el 1 % de las cantidades que satisfaga o perciba, fijándose un importe máximo de 87,98 euros mensuales para el 2026. Independientemente de lo anterior, los trabajadores de máquinas recreativas, tales como los recaudadores, personal de reparación y conservación, reparto …
Art. 23 — Plus de distancia y transporte
Las empresas abonaran a los trabajadores de su plantilla en concepto de plus distancia, el 100 % del costo de los billetes en la línea urbana de autobuses que hayan de utilizar para su desplazamiento hasta el centro de trabajo correspondiente, tanto la ida como la vuelta, en el bien entendido que dicho plus en la cuantía expresada, afectara únicamente a aquellas empresas cuyo centro de trabajo dis…
Art. 24 — Plus por trabajos penosos, tóxicos o peligrosos y de jefe de
equipo, festivos y montajes. El importe de los pluses de penosidad, toxicidad o peligrosidad, será del 20 % del salario base más antigüedad si correspondiera. En aquellos supuestos en los que muy singularmente concurriesen de modo manifiesto la penosidad, toxicidad y peligrosidad, superior al riesgo normal de la industria, el 20 % pasara a ser el 25 % si concurriesen dos circunstancias de las señal…
Baja, antigüedad y jubilación
Art. 6 — Vinculación a lo pactado
Las condiciones pactadas forman un todo orgánico indivisible, y a efectos de su aplicación práctica será considerado de derecho preferente globalmente por ingresos anuales o rendimientos mínimos exigibles.…
Art. 18 — Antigüedad
El complemento personal por antigüedad se abonará de la siguiente forma: a) Todo trabajador que tenga acr devengando en cuantía del 5 % del salario base correspondiente a su categoría, quedando estos congelados hasta la fecha indicada como tales quinquenios. b) Desde el 1 de septiembre del 1974 se percibirán trienios por importe del 5 % del salario base correspondiente a su categoría profesional, …
Art. 28 — Enfermedad común y accidente de trabajo
Las empresas abonarán a los trabajadores en situación de incapacidad temporal por contingencias comunes las siguientes cantidades: En la primera y segunda baja de cada año natural, el 50 % de los tres primeros días. En la tercera y siguientes bajas de cada año natural, el 0 % de los tres primeros días. En todos los casos, a partir del cuarto día de la baja, el complemento será hasta el 100 %. En l…
Art. 29 — Jubilación voluntaria
Con el fin de recompensar la perdida de retribución que supone la jubilación anticipada, las empresas abonarán a aquellos trabajadores que causen baja por tal circunstancia, las gratificaciones que a continuación se consignan en función de la edad en que se produzca la jubilación: 62 años, tres mensualidades de salario total. 63 años, dos mensualidades de salario total. 64 años, uno mensualidad de s…
Art. 30 — Jubilación anticipada
Con independencia de lo establecido en el Artículo anterior, los trabajadores amparados por este convenio se acogerán a lo establecido en la legislación vigente en lo referido a jubilación anticipada.…
Contratación y régimen disciplinario
Art. 36 — Contratos
Se estará a lo dispuesto en la legislación vigente para esta materia.…
Datos oficiales del convenio
| Nombre oficial | INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS |
| Código REGCON | 29000145011982 |
| Ámbito | Málaga — Andalucía |
| Vigencia | 1 de enero de 2025 — 31 de diciembre de 2028 |
| Estado | 🟢 Vigente hasta 2028 |
Preguntas frecuentes — Metal Málaga
¿Cuánto cobra un aprendiz menor de 18 anos del metal en Málaga?
Un aprendiz menor de 18 anos cobra 16.578 € brutos al año (unos 1184 €/mes en 14 pagas), con un neto orientativo de 1266 €/mes. Fuente: BOP Malaga N.
¿Existe convenio propio del metal en Málaga?
Sí. INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS (código REGCON 29000145011982), vigente desde 01/01/2025 hasta 31/12/2028.
¿Cuál es la jornada del convenio del metal de Málaga?
La duración de la jornada de trabajo para la vigencia del presente convenio será de 1.756 horas anuales en 2025 y 2026, 1.754 horas anuales en 2027 y 1.752 horas anuales en 2028. Anualmente se elaborará por la empresa el calendario laboral, debiendo exponerse …
¿Cuántos días de vacaciones tiene el metal en Málaga?
Los trabajadores comprendidos en este convenio tendrán derecho al disfrute anual de treinta días naturales de vacaciones, de los cuales al menos veintidós días serán laborables. En la medida en que las necesidades de la empresa lo permitan, el periodo de disfr…
¿Qué permisos retribuidos recoge el convenio?
La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente: a) Quince días naturales en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho. b) Cinco días laborables por accidente o enfermedad graves…
¿Cuánto se cobra de baja en el metal de Málaga?
Las empresas abonarán a los trabajadores en situación de incapacidad temporal por contingencias comunes las siguientes cantidades: En la primera y segunda baja de cada año natural, el 50 % de los tres primeros días. En la tercera y siguientes bajas de cada año…
Fuente oficial
Consulta el texto completo y trámites en el registro oficial: REGCON — Ministerio de Trabajo (29000145011982). BOP Malaga N.233, 5-dic-2025, ANEXO I TABLA 2025 (+3%). Convenio Siderometalurgico Malaga 2025-2028.