Convenio Metal Badajoz 2026: sueldos por categoría y condiciones
El convenio del metal de Badajoz (INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS, código 06000505011981) fija salarios para 64 categorías. Desde 12.552 €/año (Peones ordinarios). El convenio no distingue por oficio: soldador, tornero o fontanero del mismo nivel cobran igual. 🟠 Vence en 2026.
Sueldo por categoría — Metal Badajoz 2025
| Categoría | Bruto/mes | Bruto/año | Neto/mes | IRPF | Coste empr. | Calc. |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | ||||||
| Ingenieros, Arquitectos y Licenciados | 1669 € | 23.373 € | 1630 € | 10.5% | 30.361 € | → |
| 2 | ||||||
| Peritos y Aparejadores | 1649 € | 23.079 € | 1610 € | 10.5% | 29.980 € | → |
| Graduados Sociales | 1558 € | 21.807 € | 1521 € | 10.5% | 28.327 € | → |
| Profesores de ensenanza | 1488 € | 20.827 € | 1502 € | 7.5% | 27.054 € | → |
| A.T.S. | 1479 € | 20.705 € | 1493 € | 7.5% | 26.896 € | → |
| Enfermeros | 1409 € | 19.726 € | 1422 € | 7.5% | 25.624 € | → |
| 3 | ||||||
| Ayudantes de Ingenieros y Arquitectos | 1606 € | 22.479 € | 1568 € | 10.5% | 29.200 € | → |
| Jefes de Laboratorio | 1571 € | 21.994 € | 1534 € | 10.5% | 28.570 € | → |
| Jefes de 1a | 1558 € | 21.807 € | 1521 € | 10.5% | 28.327 € | → |
| Capitanes, Pilotos, maquinistas de ganguiles y bancos de prueba | 1555 € | 21.765 € | 1518 € | 10.5% | 28.273 € | → |
| Jefes de Taller | 1555 € | 21.765 € | 1518 € | 10.5% | 28.273 € | → |
| Delineantes, Proyectistas y Dibujantes | 1537 € | 21.513 € | 1501 € | 10.5% | 27.946 € | → |
| Jefes de Seccion Organizacion de 1a | 1537 € | 21.513 € | 1501 € | 10.5% | 27.945 € | → |
| Jefes de 2a | 1528 € | 21.389 € | 1492 € | 10.5% | 27.784 € | → |
| Jefes de Seccion Organizacion de 2a | 1528 € | 21.389 € | 1492 € | 10.5% | 27.784 € | → |
| Jefes de Seccion | 1524 € | 21.339 € | 1538 € | 7.5% | 27.720 € | → |
| Maestros Industriales | 1517 € | 21.236 € | 1531 € | 7.5% | 27.585 € | → |
| Jefes de Diques | 1496 € | 20.949 € | 1510 € | 7.5% | 27.213 € | → |
| Maestros de Taller | 1495 € | 20.934 € | 1509 € | 7.5% | 27.193 € | → |
| Jefes de Muelles | 1495 € | 20.934 € | 1509 € | 7.5% | 27.193 € | → |
| Maestros de 2a | 1488 € | 20.827 € | 1502 € | 7.5% | 27.054 € | → |
| 4 | ||||||
| Tecnicos de Organizacion de 1a | 1526 € | 21.358 € | 1540 € | 7.5% | 27.744 € | → |
| Contramaestres | 1495 € | 20.934 € | 1509 € | 7.5% | 27.193 € | → |
| Delineantes de 1a, Practicos de Topografia y Fotografos | 1488 € | 20.827 € | 1502 € | 7.5% | 27.054 € | → |
| Analistas de 1a | 1478 € | 20.698 € | 1492 € | 7.5% | 26.886 € | → |
| Encargados | 1460 € | 20.444 € | 1474 € | 7.5% | 26.556 € | → |
| Capataces de Especialistas | 1435 € | 20.093 € | 1449 € | 7.5% | 26.101 € | → |
| Capataces de Peones Ordinarios | 1426 € | 19.963 € | 1439 € | 7.5% | 25.932 € | → |
| Buzos y hombres rana | 991 € | 13.870 € | 1059 € | 2% | 18.017 € | → |
| 5 | ||||||
| Oficiales Administrativos de 1a | 1488 € | 20.827 € | 1502 € | 7.5% | 27.055 € | → |
| Oficiales Administrativos de 2a | 1460 € | 20.444 € | 1474 € | 7.5% | 26.557 € | → |
| Delineantes de 2a | 1460 € | 20.444 € | 1474 € | 7.5% | 26.556 € | → |
| Tecnicos de Organizacion de 2a | 1460 € | 20.444 € | 1474 € | 7.5% | 26.556 € | → |
| Archiveros bibliotecarios | 1460 € | 20.444 € | 1474 € | 7.5% | 26.556 € | → |
| Choferes de camiones | 1447 € | 20.256 € | 1460 € | 7.5% | 26.313 € | → |
| Analistas de 2a | 1445 € | 20.223 € | 1458 € | 7.5% | 26.270 € | → |
| Pesadores basculeros | 1436 € | 20.099 € | 1449 € | 7.5% | 26.108 € | → |
| Listeros | 1431 € | 20.028 € | 1444 € | 7.5% | 26.017 € | → |
| Calcadores | 1427 € | 19.984 € | 1441 € | 7.5% | 25.959 € | → |
| Reproductores fotograficos | 1427 € | 19.978 € | 1440 € | 7.5% | 25.951 € | → |
| Almaceneros | 1426 € | 19.958 € | 1439 € | 7.5% | 25.926 € | → |
| Reproductores de planos | 1407 € | 19.694 € | 1420 € | 7.5% | 25.582 € | → |
| Oficial de 1a | 928 € | 12.990 € | 992 € | 2% | 16.874 € | → |
| Personal de Sidero 1a | 926 € | 12.961 € | 990 € | 2% | 16.837 € | → |
| Oficial de 2a | 920 € | 12.874 € | 983 € | 2% | 16.723 € | → |
| Personal de Sidero 2a | 917 € | 12.844 € | 981 € | 2% | 16.685 € | → |
| 6 | ||||||
| Choferes de turismos | 1440 € | 20.159 € | 1453 € | 7.5% | 26.186 € | → |
| Dependientes Pral Economatos | 1431 € | 20.029 € | 1444 € | 7.5% | 26.017 € | → |
| Auxiliares | 1426 € | 19.963 € | 1439 € | 7.5% | 25.932 € | → |
| Choferes de motociclos | 1424 € | 19.938 € | 1437 € | 7.5% | 25.899 € | → |
| Telefonistas (mas 50 telefonos) | 1411 € | 19.750 € | 1424 € | 7.5% | 25.656 € | → |
| Dependientes Aux Economatos | 1410 € | 19.741 € | 1423 € | 7.5% | 25.643 € | → |
| Telefonistas (menos 50 telefonos) | 1407 € | 19.694 € | 1420 € | 7.5% | 25.582 € | → |
| Oficial de 3a | 910 € | 12.746 € | 974 € | 2% | 16.557 € | → |
| Personal de Sidero 3a | 910 € | 12.746 € | 974 € | 2% | 16.557 € | → |
| Especialistas Almacen | 906 € | 12.687 € | 969 € | 2% | 16.481 € | → |
| Mozos Especialistas Almacen | 906 € | 12.687 € | 969 € | 2% | 16.481 € | → |
| 7 | ||||||
| Cabos guardas | 1437 € | 20.118 € | 1450 € | 7.5% | 26.133 € | → |
| Conserjes | 1432 € | 20.052 € | 1446 € | 7.5% | 26.048 € | → |
| Guardas jurados | 1416 € | 19.831 € | 1430 € | 7.5% | 25.760 € | → |
| Vigilantes | 1409 € | 19.726 € | 1422 € | 7.5% | 25.624 € | → |
| Ordenanzas | 1407 € | 19.694 € | 1420 € | 7.5% | 25.582 € | → |
| Porteros | 1407 € | 19.694 € | 1420 € | 7.5% | 25.582 € | → |
| Peones ordinarios | 897 € | 12.552 € | 959 € | 2% | 16.306 € | → |
* Bruto/año = dato del convenio. Neto orientativo (soltero sin hijos, IRPF 2026); calcula el tuyo exacto con el botón. Coste empresa incluye SS patronal 29,9%. DOE Extremadura N.122, 26-jun-2025, Tablas Salariales Siderometalurgica Badajoz 2025.
Condiciones laborales — Metal Badajoz
Datos clave del convenio (jornada, vacaciones, permisos y pluses), extraídos de su texto oficial:
Texto del convenio — Metal Badajoz
Artículos del convenio agrupados por materia. Despliega para leer el texto completo.
Jornada, vacaciones y permisos
Art. 37 — Trabajos nocturnos y plus de prolongación de la jornada
A) Nocturno: Para las horas de trabajo nocturnas o la jornada que tenga dicho carácter se establece un recargo de 2,20 €/hora. Este concepto se actualizará con las revisiones y su- bidas que se pudieran pactar entre las partes negociadoras del convenio. Se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana. NÚMERO 122 37019 Jueves 26 de junio de 2025 La j…
Art. 46 — Jornada
1. La jornada anual de trabajo efectivo tanto para la jornada continuada como para la jornada partida será de 1.760 horas para los años de vigencia del Convenio. A tal fin, se elabora en este Convenio un calendario laboral donde se hacen figurar las 1.760 horas pactadas anteriormente teniendo en cuenta las fiestas regionales y nacionales y puentes de disfrute y una jornada diaria de ocho horas c…
Art. 47 — Distribución de la jornada
1. Las empresas acogidas al ámbito de aplicación de este Convenio podrán distribuir la jor- nada establecida a lo largo del año mediante criterios de fijación uniforme o irregular bien a toda la plantilla o de forma diversa por secciones o departamentos, y en atención a sus diferentes necesidades y sin alterar el número de horas efectivas pactadas anualmente. 2. Se entiende como jornada regular …
Art. 48 — Vacaciones
Los trabajadores afectados por el presente Convenio disfrutarán de un periodo de vacaciones de 24 días laborables, retribuidos según salario Convenio más antigüedad, y los pluses paga- deros mensualmente que se recogen en este Convenio; con respecto a las condiciones más beneficiosas que en cada caso pudieran darse.…
Art. 49 — Licencias retribuidas
Las empresas vendrán obligadas a conceder a sus productores mediante previo aviso y justi- ficación, los permisos retribuidos por el tiempo y motivos siguientes: a) Por matrimonio de hijos, un día laborable; dos días en caso de celebrarse el evento fuera de la provincia. NÚMERO 122 37025 Jueves 26 de junio de 2025 b) Traslado de domicilio: un día laborable; dos días si el traslado es fuera de la…
Art. 61 — Crédito horario
Los miembros del Comité de empresa o Delegados de Personal, como representantes legales de los trabajadores podrán disponer de un crédito de horas mensuales retribuidas en cada centro de trabajo para el ejercicio de sus funciones de representación, de acuerdo con la si- guiente escala: — Hasta 100 trabajadores, 18 horas. — De 101 a 250 trabajadores, 22 horas. De 251 a 500 trabajadores, 32 horas.…
Complementos y pluses
Art. 38 — Plus de Asistencia
Se establece un plus de asistencia cuya cuantía figura en la tabla del presente Convenio, este Plus no se computará en gratificaciones extraordinarias y se percibirá mensualmente, pudien- do descontar la cantidad proporcional por cada día laborable que no se asista al trabajo.…
Art. 41 — Pluses Extrasalariales
Dietas: Se establecen las siguientes dietas para todos los trabajadores afectados por el pre- sente Convenio, incluidos los de centros móviles e itinerantes, tales como los de líneas eléc- tricas, telefonía, etc. Dieta Completa. Media dieta. Kilometraje. Dichas dietas y kilometraje estarán sujetas a la revisión salarial en caso de que se produjera. Que, al margen de los conceptos anteriores, los t…
Baja, antigüedad y jubilación
Art. 34 — Antigüedad
Los aumentos por antigüedad se calcularán de la forma siguiente: a) Los cuatro primeros quinquenios se incrementarán en un 5% cada quinquenio sobre el salario base. b) El incremento a partir del quinto quinquenio y sucesivos será de un 8% sobre el salario base. El citado porcentaje se incrementa por quinquenios y categoría profesional del trabajador. Los porcentajes de antigüedad aquí pactados q…
Art. 43 — Seguro de accidentes
Para los años de vigencia del presente Convenio y a partir de su publicación en el DOE se establece el siguiente acuerdo: En caso de muerte o incapacidad permanente absoluta, derivado de accidente laboral, el trabajador o en su caso los beneficiarios que éste designe, causarán derecho a la percepción de una indemnización, una vez que sea firme la calificación de accidente laboral, fijada de la man…
Art. 44 — Premio por antigüedad al cese
Todos los trabajadores afectados por el presente Convenio y que, teniendo una antigüedad en la empresa de al menos 20 años, opten por la rescisión voluntaria de su contrato de trabajo, recibirán junto a la liquidación de su cese, con carácter extra salarial, los siguientes premios: Si en el momento de la rescisión voluntaria cuentan con 58, 59 o 60 años de edad, el importe de lo que resulte de 7 m…
Contratación y régimen disciplinario
Art. 13 — Período de prueba
El período de prueba es la fase temporal del contrato de trabajo en el que las partes pueden someter el mismo a condición resolutoria, concertando un lapso de comprobación práctica de la viabilidad de la futura relación laboral. Sólo se entenderá que el trabajador está sujeto a período de prueba, si así consta por escrito. Artículo. 14. Duración. El ingreso de los trabajadores se considerará reali…
Art. 16 — Resolución o desistimiento del contrato
Durante el período de prueba, el contrato de trabajo podrá ser resuelto a instancia de cual- quiera de las partes. El desistimiento o resolución del contrato de trabajo durante el período de prueba puede pro- ducirse en cualquier momento del mismo, La dirección de la empresa vendrá obligada a comunicar a los representantes legales de los trabajadores, tanto los desistimientos como las resoluciones…
Art. 17 — Interrupción del periodo de prueba
El período de prueba se computará por días laborables de trabajo efectivo. Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, que afec- ten al trabajador durante el periodo de prueba, interrumpen el cómputo del mismo, siempre que se produzca acuerdo entre ambas partes. NÚMER…
Art. 18 — Contratación
El ingreso al trabajo podrá realizarse de conformidad con cualquiera de las modalidades de contratación reguladas en el Estatuto de Trabajadores, disposiciones complementarias.…
Art. 19 — Contrato fijo de plantilla
Este contrato es el que conciertan la empresa y el trabajador para la prestación laboral de éste por tiempo indefinido. Esta será la modalidad normal de contratación a realizar por la empresa.…
Art. 20 — Contratos eventuales
Esta modalidad de contratación podrá darse cuando las circunstancias del mercado, acumula- ción de tareas o exceso de pedidos así lo exigieran, aun tratándose de la actividad normal de la empresa. En tal supuesto, se considerará que se produce la causa que justifica la celebra- ción del citado contrato cuando se incremente el volumen de trabajo o se considere necesario aumentar el número de person…
Art. 21 — Contratos Formativos
1. El contrato formativo tendrá por objeto la formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena en los términos establecidos en el apartado 2, o el desempeño de una actividad laboral destinada a adquirir una práctica profesional adecuada a los correspon- dientes niveles de estudios, en los términos establecidos en el apartado 3. NÚMERO 122 36997 Jueves 26 de junio de 2025 2. El…
Art. 22 — Información sobre contratación
De todos los contratos que se efectúen en la empresa, así como las prórrogas que se puedan producir, se le entregará copia básica de los mismos a los representantes de los trabajadores, en el plazo máximo de cinco días desde que se suscribe el contrato o se efectúa la prórroga.…
Art. 24 — Extinción de los contratos
El cese de los trabajadores, deberá ser comunicado por la empresa, mediante escrito con una antelación de 15 días naturales, no obstante, la empresa, podrá sustituir este preaviso por una indemnización equivalente a la cantidad correspondiente al número de días omitidos, calculándose sobre los conceptos salariales, de las tablas del presente Convenio. Todo ello sin perjuicio de la notificación esc…
Art. 57 — Graduación de las faltas
1. S e considerarán faltas leves las siguientes: a) La impuntualidad no justificada, en la entrada o en la salida del trabajo, de hasta tres ocasiones en un período de un mes. b) La inasistencia injustificada de un día al trabajo en el período de un mes. c) No notificar con carácter previo, o en su caso, dentro de las 24 horas siguientes, la ina- sistencia al trabajo, salvo que se pruebe la i…
Art. 58 — Sanciones
Las sanciones máximas que podrán imponerse por la comisión de las faltas señaladas son las siguientes: a) Por faltas leves. — Amonestación por escrito. b) Por faltas graves. — Amonestación por escrito. — Suspensión de empleo y sueldo de dos a veinte días. c) Por faltas muy graves. — Amonestación por escrito. — Suspensión de empleo y sueldo de veintiuno a sesenta días. NÚMERO 122 37038 Jueves 26…
Datos oficiales del convenio
| Nombre oficial | INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS |
| Código REGCON | 06000505011981 |
| Ámbito | Badajoz — Extremadura |
| Vigencia | 1 de enero de 2025 — 31 de diciembre de 2026 |
| Estado | 🟠 Vence en 2026 |
Preguntas frecuentes — Metal Badajoz
¿Cuánto cobra un peones ordinarios del metal en Badajoz?
Un peones ordinarios cobra 12.552 € brutos al año (unos 897 €/mes en 14 pagas), con un neto orientativo de 959 €/mes. Fuente: DOE Extremadura N.
¿Existe convenio propio del metal en Badajoz?
Sí. INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS (código REGCON 06000505011981), vigente desde 01/01/2025 hasta 31/12/2026.
¿Cuál es la jornada del convenio del metal de Badajoz?
A) Nocturno: Para las horas de trabajo nocturnas o la jornada que tenga dicho carácter se establece un recargo de 2,20 €/hora. Este concepto se actualizará con las revisiones y su- bidas que se pudieran pactar entre las partes negociadoras del convenio. Se c…
¿Cuántos días de vacaciones tiene el metal en Badajoz?
Los trabajadores afectados por el presente Convenio disfrutarán de un periodo de vacaciones de 24 días laborables, retribuidos según salario Convenio más antigüedad, y los pluses paga- deros mensualmente que se recogen en este Convenio; con respecto a las cond…
¿Qué permisos retribuidos recoge el convenio?
Las empresas vendrán obligadas a conceder a sus productores mediante previo aviso y justi- ficación, los permisos retribuidos por el tiempo y motivos siguientes: a) Por matrimonio de hijos, un día laborable; dos días en caso de celebrarse el evento fuera de la provincia. NÚMERO 122 37025 Jueves 26 …
¿Cuánto se cobra de baja en el metal de Badajoz?
Para los años de vigencia del presente Convenio y a partir de su publicación en el DOE se establece el siguiente acuerdo: En caso de muerte o incapacidad permanente absoluta, derivado de accidente laboral, el trabajador o en su caso los beneficiarios que éste …
Fuente oficial
Consulta el texto completo y trámites en el registro oficial: REGCON — Ministerio de Trabajo (06000505011981). DOE Extremadura N.122, 26-jun-2025, Tablas Salariales Siderometalurgica Badajoz 2025.