Convenio Metal Asturias 2026: sueldos por categoría y condiciones
El convenio del metal de Asturias (CONVENIO COLECTIVO PARA LA INDUSTRIA DEL METAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, código 33000695011979) fija salarios para 15 categorías. Desde 15.432 €/año (Aspirante 17 anos). El convenio no distingue por oficio: soldador, tornero o fontanero del mismo nivel cobran igual. 🟠 Vence en 2026.
Sueldo por categoría — Metal Asturias 2026
| Categoría | Bruto/mes | Bruto/año | Neto/mes | IRPF | Coste empr. | Calc. |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | ||||||
| Titulado Superior | 1800 € | 25.196 € | 1758 € | 10.5% | 32.730 € | → |
| 2 | ||||||
| Titulado Medio | 1682 € | 23.553 € | 1643 € | 10.5% | 30.596 € | → |
| 3 | ||||||
| Jefe Administrativo 1a | 1578 € | 22.093 € | 1541 € | 10.5% | 28.699 € | → |
| 4 | ||||||
| Jefe Administrativo 2a | 1478 € | 20.692 € | 1492 € | 7.5% | 26.879 € | → |
| 5 | ||||||
| Oficial Administrativo 1a | 1370 € | 19.177 € | 1383 € | 7.5% | 24.911 € | → |
| 6 | ||||||
| Oficial Administrativo 2a | 1308 € | 18.316 € | 1320 € | 7.5% | 23.792 € | → |
| 7 | ||||||
| Oficial 1a | 1256 € | 17.582 € | 1268 € | 7.5% | 22.839 € | → |
| 8 | ||||||
| Oficial 2a | 1215 € | 17.005 € | 1299 € | 2% | 22.090 € | → |
| 9 | ||||||
| Oficial 3a | 1180 € | 16.516 € | 1262 € | 2% | 21.455 € | → |
| 10 | ||||||
| Auxiliar Administrativo | 1170 € | 16.374 € | 1251 € | 2% | 21.270 € | → |
| 11 | ||||||
| Telefonista | 1159 € | 16.228 € | 1240 € | 2% | 21.080 € | → |
| 12 | ||||||
| Especialista | 1148 € | 16.075 € | 1228 € | 2% | 20.881 € | → |
| 13 | ||||||
| Vigilante | 1108 € | 15.505 € | 1184 € | 2% | 20.141 € | → |
| 14 | ||||||
| Aspirante 17 anos | 1102 € | 15.432 € | 1179 € | 2% | 20.046 € | → |
| 15 | ||||||
| Aspirante 16 anos | 1102 € | 15.432 € | 1179 € | 2% | 20.046 € | → |
* Bruto/año = dato del convenio. Neto orientativo (soltero sin hijos, IRPF 2026); calcula el tuyo exacto con el botón. Coste empresa incluye SS patronal 29,9%. BOPA Asturias N.191, 1-oct-2024, Tablas Salariales Ano 2026 (Industria del Metal del Principado de Asturias). Tablas 2024/2025 en misma fuente p41.
Condiciones laborales — Metal Asturias
Datos clave del convenio (jornada, vacaciones, permisos y pluses), extraídos de su texto oficial:
Texto del convenio — Metal Asturias
Artículos del convenio agrupados por materia. Despliega para leer el texto completo.
Jornada, vacaciones y permisos
Art. 4 — —Jornada laboral
Jornada y tiempo efectivo de trabajo Las personas trabajadoras afectadas por este Convenio tendrán una jornada laboral ordinaria máxima anual de 1.736 horas de trabajo efectivo en la primera anualidad de su vigencia. A partir del 1 de enero de 2025, la jornada laboral Cód. 2024-08143 ordinaria máxima anual será de 1.728 horas de trabajo efectivo. Días 24 y 31 de diciembre Los días 24 y 31 de dicie…
Art. 5 — —Cambio de horario y trabajo a turnos
Cambio de turnos: Cuando sea necesario efectuar trabajo a turnos, se estará a lo establecido en las disposiciones legales vigentes. Asimismo se estudiarán entre las partes las fórmulas adecuadas a las condiciones que tengan las empresas. En los casos esporádicos se hará un preaviso por escrito, como mínimo de dos días, para el cambio de jornada, ho- rario o trabajo a turnos, y en los cambios que t…
Art. 8 — —Vacaciones
Las personas trabajadoras afectadas por el presente Convenio tendrán derecho a disfrutar de 30 días naturales de vacaciones; la fecha de disfrute de las mismas se comunicará por escrito a la persona trabajadora. Las vacaciones po- drán disfrutarse fraccionadamente, por acuerdo entre empresa y persona trabajadora, siendo en este caso los días de disfrute de un total de 22 laborables, respetando los…
Art. 9 — —Licencias
La persona trabajadora, avisando con la debida antelación y con la justificación correspondiente, tendrá derecho a licencias retribuidas, cuya fecha de disfrute comenzará a contar desde el primer día laborable, salvo que coincidan du- rante su período de vacaciones anuales, en los siguientes supuestos: A) Tres días laborables por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho, padres o cónyuge de los …
Art. 10 — —Permisos no retribuidos
La persona trabajadora tendrá derecho sin retribución alguna a los siguientes permisos: A. El disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes. B. Por el tiempo indispensable para acudir a consulta médica, cuando la persona trabajadora tenga que acompañar a un familiar que se encuentre impedido y que con él conviva. C. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún…
Art. 39 — —Permisos por razones sindicales
Toda persona trabajadora perteneciente a una Organización Sindical debidamente implantada y que ostente cargo sindical de relevancia provincial a nivel de secretario/a del sindicato respectivo o nacional, en cualquiera de sus mo- dalidades, podrá solicitar la situación de excedencia durante el tiempo que se encuentre en el ejercicio de dicho cargo, reincorporándose a su empresa, si lo solicita, en…
Complementos y pluses
Art. 29 — —Dietas
Las personas trabajadoras afectadas por este Convenio, y sin perjuicio de la específica regulación que sobre esta materia se recoge en el artículo 21 apartado B del presente Convenio percibirán dietas que se abonarán en la cuantía establecida en la Tabla anexa. Los días de salida devengarán dieta y los de llegada la compensación que corresponda cuando la persona trabajadora pernocte en su domicili…
Baja, antigüedad y jubilación
Art. 18 — —Jubilaciones especiales
Uno.—Podrán acogerse a la jubilación especial a los 64 años aquellas personas trabajadoras a las que resulte de aplicación lo establecido en la Disposición Final 12.2 de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. Previa comunicación de la persona trabajadora, la empresa tramitará dicha solicitud a la mayor brevedad posible. Si s…
Contratación y régimen disciplinario
Art. 31 — —Indemnización al cese (eventualidad)
Las personas trabajadoras con contratos de duración determinada, hasta un tiempo máximo de doce meses, ya lo sean con carácter de eventuales, interinos u otra modalidad legalmente prevista, percibirán al momento del cese una indemnización equivalente al 12% de su salario de Convenio por día trabajado, entendiendo por salario de Convenio todos los conceptos contenidos en la tabla salarial y percibi…
Art. 45 — —Período de prueba
El ingreso de las personas trabajadoras se considerará hecho a título de prueba si así consta por escrito. Dicho pe- ríodo será variable según sean los puestos de trabajo a cubrir y que, en ningún caso, podrán exceder del tiempo fijado en la siguiente escala: — Niveles 11 a 15 (ambos inclusive): 15 días. — Niveles 3 a 10 (ambos inclusive): 2 meses. — Niveles 1 a 2 (ambos inclusive): 5 meses. Duran…
Art. 49 — Las personas trabajadoras podrán ser sancionadas por la Dirección de la empresa
con la graduación de faltas y sanciones que se establecen en los artículos siguientes.…
Art. 50 — —Graduación de las faltas
Toda falta cometida por una persona trabajadora se clasificará, atendiendo a su importancia, trascendencia e inten- ción en leve, grave y muy grave.…
Art. 51 — —Faltas leves
Se considerarán faltas leves las siguientes: A.—De una a tres faltas de puntualidad sin justificación en el período de un mes. B.—No notificar con carácter previo o, en su caso, dentro de las 24 horas siguientes a la falta, salvo caso de fuerza mayor, la razón de la ausencia al trabajo, a no ser que se pruebe la imposibilidad de haberlo hecho. C.—El abandono del servicio sin causa justificada, aún…
Art. 52 — —Faltas graves
A.—Más de tres faltas no justificadas de puntualidad en la asistencia al trabajo cometidas en el período de 30 días. B.—Falta de uno a tres días al trabajo durante un período de 30 días sin causa que lo justifique. Bastará una sola falta cuando tuviera que relevar a un compañero o cuando como consecuencia de la misma se causase perjuicio de alguna consideración a la empresa. C.—No comunicar con la…
Art. 53 — —Faltas muy graves
Se considerarán como faltas muy graves las siguientes: A.—Más de 10 faltas no justificadas de puntualidad cometidas en un período de seis meses, o veinte en un año. B.—Las faltas injustificadas al trabajo durante tres días consecutivos o cinco alternos en un período de un mes. C.—El fraude, deslealtad o abuso de confianza en las gestiones encomendadas y el hurto o robo, tanto a sus compa- ñeros de…
Art. 54 — —Régimen de sanciones
Corresponde a la empresa la facultad de imponer sanciones, en los términos de lo estipulado en el presente Convenio. La sanción de faltas graves y muy graves, requerirá la instrucción de un expediente contradictorio del que se dará traslado a la persona trabajadora afectada, la cual podrá hacer las alegaciones que tenga por conveniente en el plazo de tres días laborables, contados a partir del día…
Art. 55 — —Sanciones
Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en las faltas, serán las siguientes: A. Por faltas leves. — Amonestación verbal. — Amonestación por escrito. B. Por faltas graves. — Amonestación por escrito. Cód. 2024-08143 — Suspensión de empleo y sueldo de dos a veinte días. C. Por faltas muy graves. — Amonestación por escrito. — Suspensión de empleo y sueldo de veinte a sesenta día…
Art. 56 — —Prescripción
— Faltas leves: 10 días. — Faltas graves: 20 días. — Faltas muy graves: 60 días. Todas ellas a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido.…
Datos oficiales del convenio
| Nombre oficial | CONVENIO COLECTIVO PARA LA INDUSTRIA DEL METAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS |
| Código REGCON | 33000695011979 |
| Ámbito | Asturias — Asturias |
| Vigencia | 1 de enero de 2024 — 31 de diciembre de 2026 |
| Estado | 🟠 Vence en 2026 |
Preguntas frecuentes — Metal Asturias
¿Cuánto cobra un aspirante 17 anos del metal en Asturias?
Un aspirante 17 anos cobra 15.432 € brutos al año (unos 1102 €/mes en 14 pagas), con un neto orientativo de 1179 €/mes. Fuente: BOPA Asturias N.
¿Existe convenio propio del metal en Asturias?
Sí. CONVENIO COLECTIVO PARA LA INDUSTRIA DEL METAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (código REGCON 33000695011979), vigente desde 01/01/2024 hasta 31/12/2026.
¿Cuál es la jornada del convenio del metal de Asturias?
Jornada y tiempo efectivo de trabajo Las personas trabajadoras afectadas por este Convenio tendrán una jornada laboral ordinaria máxima anual de 1.736 horas de trabajo efectivo en la primera anualidad de su vigencia. A partir del 1 de enero de 2025, la jornada…
¿Cuántos días de vacaciones tiene el metal en Asturias?
Las personas trabajadoras afectadas por el presente Convenio tendrán derecho a disfrutar de 30 días naturales de vacaciones; la fecha de disfrute de las mismas se comunicará por escrito a la persona trabajadora. Las vacaciones po- drán disfrutarse fraccionadam…
¿Qué permisos retribuidos recoge el convenio?
La persona trabajadora, avisando con la debida antelación y con la justificación correspondiente, tendrá derecho a licencias retribuidas, cuya fecha de disfrute comenzará a contar desde el primer día laborable, salvo que coincidan du- rante su período de vacaciones anuales, en los siguientes supuest…
Fuente oficial
Consulta el texto completo y trámites en el registro oficial: REGCON — Ministerio de Trabajo (33000695011979). BOPA Asturias N.191, 1-oct-2024, Tablas Salariales Ano 2026 (Industria del Metal del Principado de Asturias). Tablas 2024/2025 en misma fuente p41.