Convenio Metal Almería 2026: sueldos por categoría y condiciones
El convenio del metal de Almería (Industrias Siderometalúrgicas de Almería, código 04000415011982) fija salarios para 45 categorías. Desde 10.946 €/año (Personal de limpieza). El convenio no distingue por oficio: soldador, tornero o fontanero del mismo nivel cobran igual. 🟢 Vigente hasta 2027.
Sueldo por categoría — Metal Almería 2025
| Categoría | Bruto/mes | Bruto/año | Neto/mes | IRPF | Coste empr. | Calc. |
|---|---|---|---|---|---|---|
| I | ||||||
| Analista de sistemas (T. Superior) | 1708 € | 23.909 € | 1668 € | 10.5% | 31.058 € | → |
| Arquitecto/a | 1708 € | 23.909 € | 1668 € | 10.5% | 31.058 € | → |
| Director/a de Areas y Servicios | 1708 € | 23.909 € | 1668 € | 10.5% | 31.058 € | → |
| Ingeniero/a | 1708 € | 23.909 € | 1668 € | 10.5% | 31.058 € | → |
| Licenciado/a | 1708 € | 23.909 € | 1668 € | 10.5% | 31.058 € | → |
| II | ||||||
| Arquitecto/a tecnico (Aparejador/a) | 1633 € | 22.862 € | 1595 € | 10.5% | 29.698 € | → |
| Ingeniero/a tecnico (Perito/a) | 1633 € | 22.862 € | 1595 € | 10.5% | 29.698 € | → |
| Graduado/a Social | 1633 € | 22.862 € | 1595 € | 10.5% | 29.698 € | → |
| ATS | 1633 € | 22.862 € | 1595 € | 10.5% | 29.698 € | → |
| Titulados/as de Grado Medio | 1633 € | 22.862 € | 1595 € | 10.5% | 29.698 € | → |
| III | ||||||
| Jefes/as de Areas y Servicios (tecnico) | 1440 € | 20.155 € | 1453 € | 7.5% | 26.181 € | → |
| Jefes/as de Areas y Servicios (empleados) | 1440 € | 20.155 € | 1453 € | 7.5% | 26.181 € | → |
| Jefe/a de taller (formac. cualificada) | 1440 € | 20.155 € | 1453 € | 7.5% | 26.181 € | → |
| Delineante proyectista | 1393 € | 19.501 € | 1406 € | 7.5% | 25.332 € | → |
| Dibujante proyectista | 1393 € | 19.501 € | 1406 € | 7.5% | 25.332 € | → |
| Maestro/a Industrial | 1357 € | 19.003 € | 1370 € | 7.5% | 24.685 € | → |
| Maestro/a de taller | 1301 € | 18.213 € | 1313 € | 7.5% | 23.659 € | → |
| Contramaestre | 1301 € | 18.213 € | 1313 € | 7.5% | 23.659 € | → |
| Maestro/a de 2a | 1283 € | 17.964 € | 1295 € | 7.5% | 23.335 € | → |
| IV | ||||||
| Delineante de 1a | 1283 € | 17.964 € | 1295 € | 7.5% | 23.335 € | → |
| Encargado/a | 1210 € | 16.938 € | 1294 € | 2% | 22.002 € | → |
| V | ||||||
| Oficial/a administrativo/a 1a y Cajero/a | 1283 € | 17.964 € | 1295 € | 7.5% | 23.335 € | → |
| Viajante | 1283 € | 17.964 € | 1295 € | 7.5% | 23.335 € | → |
| Oficial/a administrativo/a 2a | 1219 € | 17.070 € | 1304 € | 2% | 22.174 € | → |
| Delineante 2a | 1219 € | 17.070 € | 1304 € | 2% | 22.174 € | → |
| Chofer de camion/grua | 1188 € | 16.630 € | 1270 € | 2% | 21.602 € | → |
| Buzos y Hombres-rana | 1187 € | 16.611 € | 1269 € | 2% | 21.578 € | → |
| Capataz | 1161 € | 16.249 € | 1241 € | 2% | 21.108 € | → |
| Capataz de peones/as | 1136 € | 15.900 € | 1215 € | 2% | 20.654 € | → |
| Oficial/a de oficio de 1a | 966 € | 13.523 € | 1033 € | 2% | 17.567 € | → |
| Oficial/a de oficio de 2a | 945 € | 13.228 € | 1010 € | 2% | 17.183 € | → |
| VI | ||||||
| Chofer de turismos | 1173 € | 16.422 € | 1254 € | 2% | 21.333 € | → |
| Conserje | 1153 € | 16.144 € | 1233 € | 2% | 20.971 € | → |
| Listero/ra | 1150 € | 16.097 € | 1230 € | 2% | 20.910 € | → |
| Auxiliares en general | 1142 € | 15.983 € | 1221 € | 2% | 20.761 € | → |
| Almacenero/a | 1140 € | 15.961 € | 1219 € | 2% | 20.733 € | → |
| Pesador/a basculero/a | 1114 € | 15.603 € | 1192 € | 2% | 20.268 € | → |
| Telefonista | 1094 € | 15.317 € | 1170 € | 2% | 19.897 € | → |
| Oficial/a de oficio de 3a | 923 € | 12.921 € | 987 € | 2% | 16.784 € | → |
| Mozo/a Especialista Almacen | 902 € | 12.629 € | 965 € | 2% | 16.405 € | → |
| Especialista | 902 € | 12.629 € | 965 € | 2% | 16.405 € | → |
| VII | ||||||
| Guarda y Vigilante | 1100 € | 15.395 € | 1176 € | 2% | 19.998 € | → |
| Portero/a y Ordenanza | 1094 € | 15.317 € | 1170 € | 2% | 19.897 € | → |
| Peon/a | 880 € | 12.315 € | 941 € | 2% | 15.997 € | → |
| Personal de limpieza | 782 € | 10.946 € | 836 € | 2% | 14.219 € | → |
* Bruto/año = dato del convenio. Neto orientativo (soltero sin hijos, IRPF 2026); calcula el tuyo exacto con el botón. Coste empresa incluye SS patronal 29,9%. BOP Almeria N.118, 23-jun-2025, TABLA DE SALARIOS 2025. Convenio Industria Siderometalurgica Almeria 2022-2024 + revision 2025 (+0,55%).
Condiciones laborales — Metal Almería
Datos clave del convenio (jornada, vacaciones, permisos y pluses), extraídos de su texto oficial:
Texto del convenio — Metal Almería
Artículos del convenio agrupados por materia. Despliega para leer el texto completo.
Jornada, vacaciones y permisos
Art. 12 — Jornada
1.- Jornada ordinaria. La jornada ordinaria máxima anual durante el período de vigencia del presente Convenio será de 1760 horas. Con carácter general, la jornada semanal será de cuarenta horas de trabajo efectivo. 2.- Calendario laboral. En las empresas con jornada ordinaria de ocho horas diarias, con el fin de respetar la duración máxima anual de la jornada ordinaria para cada uno de los citados …
Art. 15 — Vacaciones
Todos las personas trabajadoras ocupadas en las empresas afectadas por el presente Convenio, disfrutarán de un periodo anual de vacaciones de treinta días naturales de duración, de los que, al menos, veintiún días serán laborables. La retribución correspondiente al periodo vacacional, estará constituida por el salario base, aumentos periódicos por años de servicio, plus de convenio y la bolsa de v…
Art. 16 — Licencias
a) Por matrimonio de la persona trabajadora, 15 días laborables. b) Tres días naturales en caso de fallecimiento de padres, padres políticos, abuelos/as, hijos/as, nietos/as, cónyuge y hermano/a; y dos días naturales en caso de fallecimiento de abuelos/as políticos, hermanos/as políticos e hijos/as políticos. c) Dos días naturales por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención q…
Art. 39 — Bolsa de vacaciones
Con tal concepto se abonará a todas las personas trabajadoras, al comienzo del disfrute de sus vacaciones, la cantidad que se establece a continuación: Aprendices y contratos formativos: En el año 2022, 395,79 euros anuales. En el año 2023, 409,65 euros anuales. En el año 2024, 423,98 euros anuales. Resto del personal: En el año 2022, 493,88 euros anuales. En el año 2023, 511,17 euros anuales. En …
Art. 51 — Crédito horario
Los/as Delegados/as de Personal y miembros del Comité de Empresa, en empresas de hasta cien trabajadores, dispondrán de 16 horas mensuales retribuidas, pudiendo acumularse hasta un máximo de 48 horas en uno o dos Delegados/as de Personal o miembros del Comité de Empresa. Por otra parte, hasta un máximo de dos delegados/as de personal del sector, en los que ha de concurrir la condición de ser miemb…
Complementos y pluses
Art. 37 — Plus de convenio
Con tal concepto se abonará: 1. A todas las categorías, excepto aprendices, la cantidad de: En año 2022, 5,33 euros por día natural. En el año 2023, 5,52 euros por día natural. En el año 2024, 5,71 euros por día natural. 2. Aprendices, la cantidad de: En el año 2022, 4,24 euros por día natural. En el año 2023, 4,39 euros por día natural. En el año 2024, 4,55 euros por día natural. Las expresadas c…
Art. 38 — Plus de asistencia
Las partes signatarias reconocen el grave problema que para nuestra sociedad supone el absentismo y el quebranto que en la economía produce el mismo cuando se superan determinados niveles, así como la necesidad de reducirlo, dada su negativa incidencia en la productividad. A tal efecto, y en orden a la consecución del fin perseguido, tendiendo siempre a un aumento de la presencia de la persona trab…
Art. 40 — Plus de ayuda a estudios
Con el fin de sufragar los gastos para adquisición de material escolar, aquellas personas trabajadoras que tengan, al menos, un hijo/a realizando estudios de Enseñanza Obligatoria, percibirán la cantidad de: En el año 2022, 98,51 euros anuales. En el año 2023, 101,96 euros anuales. En el año 2024, 105,53 euros anuales. En todo caso, deberá acr Dicha cantidad será abonada por las empresas dentro de …
Art. 42 — Salidas, viajes y dietas
Todas las personas trabajadoras que por necesidad de la industria y por orden de la empresa, tengan que efectuar viajes y desplazamientos a poblaciones distintas de donde radique el centro de trabajo, disfrutarán sobre el sueldo o salario una dieta a razón de: En el año 2022, 35,55 euros la completa y 11,60 euros la media. En el año 2023, 36,80 euros la completa y 12,01 euros la media. En el año 2…
Art. 43 — Quebranto de moneda
Los pagadores o cobradores, percibirán como quebranto de moneda el uno por ciento de las cantidades que abonen o perciban, fijándose un tope máximo mensual de: En el año 2022, 67,77 euros por este concepto. En el año 2023, 70,14 euros por este concepto. En el año 2024, 72,60 euros por este concepto. Se considerarán exceptuadas del abono de este quebranto aquellas empresas que cubran ellas mismas es…
Baja, antigüedad y jubilación
Art. 10 — Vinculación a la totalidad
Siendo las condiciones pactadas un todo orgánico e indivisible, el presente Convenio será nulo y quedará sin efecto en el supuesto de que la jurisdicción competente anulase o invalidase alguno de sus pactos. Si se diese tal supuesto, las partes signatarias de este Convenio se comprometen a reunirse dentro de los 10 días siguientes al de la firmeza de la resolución correspondiente, al objeto de reso…
Art. 27 — Jubilación anticipada y parcial
Jubilación anticipada.- Las personas trabajadoras podrán acogerse a la jubilación anticipada en los supuestos y condiciones previstos en el artículo 208 de la Ley General de la Seguridad Social. Jubilación parcial.- Las personas trabajadoras que reúnan los requisitos recogidos en el artículo 215.2 de la Ley General de la Seguridad Social, podrá acordar con la dirección de la empresa acceder a la s…
Art. 44 — Complemento a la incapacidad temporal
En el caso de que la persona trabajadora se encuentre en situación de incapacidad temporal debida a accidente laboral o enfermedad profesional, la empresa abonará, como complemento a la prestación económica por dichas contingencias, la cantidad necesaria para que la persona trabajadora beneficiaria de dicha prestación perciba el 100 % de su base reguladora, excluida la parte proporcional de pagas e…
Art. 46 — Póliza de Accidente
Las empresas se comprometen a contratar póliza de seguro que cubra los riesgos de muerte, gran invalidez e invalidez en sus grados de incapacidad permanente absoluta y total, derivadas de accidente de trabajo con entidad aseguradora por importe de 32.000 euros de indemnización, durante toda la vigencia del convenio. Salvo designación expresa de beneficiarios por la persona asegurada, la indemnizaci…
Contratación y régimen disciplinario
Art. 17 — Modalidades de contratación
Independientemente de la modalidad de contratación, todas las personas trabajadoras tendrán derecho a la remuneración y descansos proporcionales al tiempo trabajado y, en general, a los mismos derechos e igualdad de trato y oportunidades en las relaciones laborales, salvo las limitaciones que se deriven de la naturaleza y duración de su contrato. Así mismo, se tendrá en cuenta la participación de …
Art. 19 — Período de Prueba
a) Concepto y forma del período de prueba.- El período de prueba es la fase temporal del contrato de trabajo en el que las partes pueden someter el mismo a condición resolutoria, concertando un lapso de comprobación práctica de la viabilidad de la futura relación laboral. Sólo se entenderá que la persona trabajadora está sujeto a período de prueba, si así consta por escrito. b) Duración.- El ingre…
Art. 55 — Faltas leves
Se considerarán faltas leves las siguientes: a. La impuntualidad no justificada, en la entrada o en la salida del trabajo, de hasta tres ocasiones en un período de un mes. b. La inasistencia injustificada de un día al trabajo en el período de un mes. c. No notificar con carácter previo, o en su caso, dentro de las 24 horas siguientes, la inasistencia al trabajo, salvo que se pruebe la imposibilidad d…
Art. 56 — Faltas graves
Se consideran faltas graves las siguientes: a. La impuntualidad no justificada en la entrada o en la salida del trabajo en más de tres ocasiones en el período de un mes. b. La inasistencia no justificada al trabajo de dos días consecutivos o de cuatro alternos, durante el período de un mes. Bastará una sola falta al trabajo, cuando ésta afectara al relevo de un compañero/a o si como consecuencia de …
Art. 57 — Falta muy graves
Se considerarán faltas muy graves las siguientes: a. La impuntualidad no justificada en la entrada o en la salida del trabajo en más de diez ocasiones durante el período de seis meses, o bien más de veinte en un año. b. La inasistencia no justificada al trabajo durante tres o más días consecutivos o cinco alternos en un período de un mes. c. El fraude, deslealtad o abuso de confianza en las gestiones…
Art. 58 — Sanciones
Las sanciones máximas que podrán imponerse por la comisión de las faltas señaladas son las siguientes: a. Por faltas leves: Amonestación por escrito b. Por faltas graves: Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo de dos a veinte días. c. Por faltas muy graves: Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo de veintiuno a sesenta días. Despido.…
Art. 59 — Prescripción
Dependiendo de su graduación, las faltas prescriben a los siguientes días: Faltas leves: diez días. Faltas graves: veinte días. Faltas muy graves: sesenta días La prescripción de las faltas señaladas empezará a contar a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido.…
Datos oficiales del convenio
| Nombre oficial | Industrias Siderometalúrgicas de Almería |
| Código REGCON | 04000415011982 |
| Ámbito | Almería — Andalucía |
| Vigencia | 1 de enero de 2025 — 31 de diciembre de 2027 |
| Estado | 🟢 Vigente hasta 2027 |
Preguntas frecuentes — Metal Almería
¿Cuánto cobra un personal de limpieza del metal en Almería?
Un personal de limpieza cobra 10.946 € brutos al año (unos 782 €/mes en 14 pagas), con un neto orientativo de 836 €/mes. Fuente: BOP Almeria N.
¿Existe convenio propio del metal en Almería?
Sí. Industrias Siderometalúrgicas de Almería (código REGCON 04000415011982), vigente desde 01/01/2025 hasta 31/12/2027.
¿Cuál es la jornada del convenio del metal de Almería?
1.- Jornada ordinaria. La jornada ordinaria máxima anual durante el período de vigencia del presente Convenio será de 1760 horas. Con carácter general, la jornada semanal será de cuarenta horas de trabajo efectivo. 2.- Calendario laboral. En las empresas con j…
¿Cuántos días de vacaciones tiene el metal en Almería?
Todos las personas trabajadoras ocupadas en las empresas afectadas por el presente Convenio, disfrutarán de un periodo anual de vacaciones de treinta días naturales de duración, de los que, al menos, veintiún días serán laborables. La retribución correspondien…
¿Qué permisos retribuidos recoge el convenio?
a) Por matrimonio de la persona trabajadora, 15 días laborables. b) Tres días naturales en caso de fallecimiento de padres, padres políticos, abuelos/as, hijos/as, nietos/as, cónyuge y hermano/a; y dos días naturales en caso de fallecimiento de abuelos/as políticos, hermanos/as políticos e hijos/as …
¿Cuánto se cobra de baja en el metal de Almería?
En el caso de que la persona trabajadora se encuentre en situación de incapacidad temporal debida a accidente laboral o enfermedad profesional, la empresa abonará, como complemento a la prestación económica por dichas contingencias, la cantidad necesaria para …
Fuente oficial
Consulta el texto completo y trámites en el registro oficial: REGCON — Ministerio de Trabajo (04000415011982). BOP Almeria N.118, 23-jun-2025, TABLA DE SALARIOS 2025. Convenio Industria Siderometalurgica Almeria 2022-2024 + revision 2025 (+0,55%).