Convenio Metal Albacete 2026: sueldos por categoría y condiciones
El convenio del metal de Albacete (Industrias Siderometalúrgicas de Albacete, código 02000195011981) fija salarios para 11 categorías. Desde 19.281 €/año (Ordenanza, Porteria, Vigilante, Peon, Personal Limpieza). El convenio no distingue por oficio: soldador, tornero o fontanero del mismo nivel cobran igual. 🔴 Vencido — pendiente renovación.
Sueldo por categoría — Metal Albacete 2023
| Categoría | Bruto/mes | Bruto/año | Neto/mes | IRPF | Coste empr. | Calc. |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | ||||||
| Analistas Sistemas, Ing., Licenc., Arquit., Direccion Areas | 2072 € | 29.015 € | 1956 € | 13.5% | 37.690 € | → |
| 2 | ||||||
| Peritos, Aparejadores, ATS/DUE, Grad. Sociales, Diplomados | 1777 € | 24.880 € | 1736 € | 10.5% | 32.319 € | → |
| 3 | ||||||
| Analista Programador, Delineante/Dibujante Proyectista, Jefe 1a Admin, Maestria Ind., Jefatura Taller | 1612 € | 22.561 € | 1574 € | 10.5% | 29.307 € | → |
| 4-A | ||||||
| Personal Tecnico Laboratorio y Organizacion, Encargados, Delineantes 1a | 1532 € | 21.452 € | 1496 € | 10.5% | 27.866 € | → |
| 4-B | ||||||
| Personal Tecnicos Admin., Viajantes, Profesional Oficio Especial | 1510 € | 21.143 € | 1524 € | 7.5% | 27.464 € | → |
| 5-A | ||||||
| Delineante 2a, Oficialias Admin. 1a/2a, Jefe Grupo, Comercial | 1461 € | 20.455 € | 1475 € | 7.5% | 26.571 € | → |
| 5-B | ||||||
| Chofer Turismo y Camion, Profesionales Oficio 1a | 1438 € | 20.137 € | 1452 € | 7.5% | 26.158 € | → |
| 5-C | ||||||
| Profesionales Oficio 2a | 1417 € | 19.842 € | 1431 € | 7.5% | 25.775 € | → |
| 6-A | ||||||
| Auxiliar Administrativo, Personal Almacen | 1415 € | 19.804 € | 1428 € | 7.5% | 25.725 € | → |
| 6-B | ||||||
| Atencion telefonica, Recepcionista, Especialista, Operador, Dependiente, Conserje, Conduccion Maquinas, Oficio 3a | 1398 € | 19.568 € | 1411 € | 7.5% | 25.419 € | → |
| 7-A | ||||||
| Ordenanza, Porteria, Vigilante, Peon, Personal Limpieza | 1377 € | 19.281 € | 1390 € | 7.5% | 25.046 € | → |
* Bruto/año = dato del convenio. Neto orientativo (soltero sin hijos, IRPF 2026); calcula el tuyo exacto con el botón. Coste empresa incluye SS patronal 29,9%. BOP Albacete N.111, 25-sep-2023, Tablas definitivas 2023 (incremento 4% sobre 2022, efectos 1/1/2023).
Condiciones laborales — Metal Albacete
Datos clave del convenio (jornada, vacaciones, permisos y pluses), extraídos de su texto oficial:
Texto del convenio — Metal Albacete
Artículos del convenio agrupados por materia. Despliega para leer el texto completo.
Jornada, vacaciones y permisos
Art. 5 — Jornada laboral
La jornada laboral máxima anual para la totalidad de la vigencia del presente Convenio (2023/2025) será de 1.776 horas. La distribución de la jornada anual, y semanal pactadas, así como los descansos semanales, festivos y vacaciones, se fijarán en los correspondientes calendarios laborales entre empresa y representantes legales de los trabajadores durante los tres primeros meses de cada año. Los c…
Art. 6 — Vacaciones
El disfrute de las vacaciones será de 22 días laborables, para todo el personal afectado por este Convenio y durante su vigencia retribuida a razón del salario base vigente en el momento de su disfrute, más la antigüedad (…
Art. 7 — Licencias
Los trabajadores a quienes es de aplicación el Convenio tendrán derecho a permiso retribuido (salario base, antigüedad (…
Art. 18 — Acumulación del permiso de lactancia
En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, de acuerdo con el artículo 45.1.d), las personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses. La duración del per- miso se incrementará proporcionalmente en los casos de nacimiento, adopción, …
Art. 34 — Acumulación del crédito horario
Previa comunicación a la dirección de la empresa, se establecerá la acumulación de horas sindicales que tuvieran derecho, los distintos miembros de los comités de empresa de uno o varios de sus componentes si así lo solicitaran estos últimos. Capítulo IX.– Igualdad de oportunidades y no discriminación. Protocolo de acoso sexual o por razón de sexo…
Complementos y pluses
Art. 14 — Dietas
Las dietas constituyen retribuciones de carácter irregular que responden al resarcimiento de los gastos que se pudieran generar a las personas trabajadoras la orden empresarial de desplazamiento provisional o temporal a un lugar fuera del término municipal en que este ubicada la empresa o el centro de trabajo habitual y del que constituya la residencia del trabajador, para efectuar tareas o realiz…
Art. 15 — Plus de distancia
Plus de distancia: Los trabajadores que tengan su centro de trabajo fuera del límite del casco urbano de las poblaciones en que hubieran sido contratados, percibirán, como plus de distancia, la cantidad que figura en las tablas anexas por kilómetro o fracción. Este plus será abonable por cada viaje de ida y vuelta, y ello siempre que el trabajador utilice vehículo propio para el desplazamiento. Pa…
Baja, antigüedad y jubilación
Art. 11 — Complemento personal sustitutivo de la antigüedad
Los trabajadores contratados desde el 1/1/2008 hasta el 31/12/2014 percibirán un complemento personal, en sustitución del concepto de antigüedad que venía rigiendo con anterioridad a la firma de este Convenio, que tendrán derecho a percibir a partir del mes en que cumpla tres años de antigüedad en la empresa. Este comple- mento tendrá efectos a partir del 1/1/2008, y su cuantía será del 8 % del sa…
Art. 19 — Jubilación anticipada
Las empresas y trabajadores afectados por el presente Convenio, y siempre que lo soliciten estos últimos, vendrán obligados a cumplir lo establecido sobre jubilación anticipada, así como lo previsto para la jubilación parcial y el contrato de relevo, todo ello de conformidad con la legislación vigente. Capítulo V.– Contratación…
Contratación y régimen disciplinario
Art. 21 — Contratos formativos
1. El contrato formativo tendrá por objeto la formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena en los términos establecidos en el apartado 2, o el desempeño de una actividad laboral destinada a adqui- Número 111 Página 28 Lunes, 25 de septiembre de 2023 rir una práctica profesional adecuada a los correspondientes niveles de estudios, en los términos establecidos para el contrato…
Art. 22 — Contrato fijo-discontinuo
1. El contrato por tiempo indefinido fijo-discontinuo se concertará para la realización de trabajos de natu- raleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada, o para el desarrollo de aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan períodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados. El contrato fijo-discontinuo podrá concert…
Art. 24 — Período de prueba
Salvo que una norma de rango superior establezca una duración distinta indisponible por vía convencional en función de la modalidad de contratación que se trate, el ingreso de las personas trabajadoras se considerará realizado a título de prueba con los plazos que a continuación se fijan para cada uno de los siguientes grupos profesionales: – Grupos 1 y 2: Hasta 6 meses. – Grupos 3 y 4: Hasta 2 me…
Art. 26 — Preaviso de cese
El trabajador, eventual o fijo, que desee causar baja en la empresa voluntariamente deberá comunicarlo a esta con una antelación mínima de 15 días naturales. El incumplimiento por parte del trabajador dará derecho a la empresa a descontar de la liquidación el importe del salario de un día por cada uno de retraso en el preaviso fijado. Igualmente, el incumplimiento por parte de la empresa de preavi…
Art. 31 — Código de Conducta Laboral (Régimen Disciplinario)
El acuerdo sobre código de conducta laboral para la industria del metal ha sido negociado y suscrito al am- paro de lo dispuesto en el Título III del Estatuto de los Trabajadores y más concretamente de los artículos 83 y 84 de dicho texto legal, en desarrollo de lo pactado en el IV Convenio Colectivo Estatal de la Industria, las Nuevas Tecnologías y los Servicios del Sector del Metal o en sus suce…
Datos oficiales del convenio
| Nombre oficial | Industrias Siderometalúrgicas de Albacete |
| Código REGCON | 02000195011981 |
| Ámbito | Albacete — Castilla-La Mancha |
| Vigencia | 1 de enero de 2023 — 31 de diciembre de 2025 |
| Estado | 🔴 Vencido — pendiente renovación |
Preguntas frecuentes — Metal Albacete
¿Cuánto cobra un ordenanza, porteria, vigilante, peon, personal limpieza del metal en Albacete?
Un ordenanza, porteria, vigilante, peon, personal limpieza cobra 19.281 € brutos al año (unos 1377 €/mes en 14 pagas), con un neto orientativo de 1390 €/mes. Fuente: BOP Albacete N.
¿Existe convenio propio del metal en Albacete?
Sí. Industrias Siderometalúrgicas de Albacete (código REGCON 02000195011981), vigente desde 01/01/2023 hasta 31/12/2025.
¿Cuál es la jornada del convenio del metal de Albacete?
La jornada laboral máxima anual para la totalidad de la vigencia del presente Convenio (2023/2025) será de 1.776 horas. La distribución de la jornada anual, y semanal pactadas, así como los descansos semanales, festivos y vacaciones, se fijarán en los correspo…
¿Cuántos días de vacaciones tiene el metal en Albacete?
El disfrute de las vacaciones será de 22 días laborables, para todo el personal afectado por este Convenio y durante su vigencia retribuida a razón del salario base vigente en el momento de su disfrute, más la antigüedad (…
¿Qué permisos retribuidos recoge el convenio?
Los trabajadores a quienes es de aplicación el Convenio tendrán derecho a permiso retribuido (salario base, antigüedad (…
Fuente oficial
Consulta el texto completo y trámites en el registro oficial: REGCON — Ministerio de Trabajo (02000195011981). BOP Albacete N.111, 25-sep-2023, Tablas definitivas 2023 (incremento 4% sobre 2022, efectos 1/1/2023).