Gastos deducibles para autónomos en 2026: lista completa

Deducir bien tus gastos es la forma legal más eficaz de pagar menos IRPF e IVA como autónomo. Pero Hacienda es estricta: un gasto solo es deducible si cumple ciertos requisitos. Esta guía recoge la lista completa de gastos deducibles en 2026, los casos complicados (vehículo, casa, dietas), la nueva deducción del 5% y los gastos que Hacienda rechaza.

La regla de oro: un gasto es deducible si está vinculado a tu actividad, justificado con factura completa (con tu NIF) y registrado en tus libros. Cumpliendo eso, puedes deducir la cuota de autónomos, suministros, material, gestoría, seguros y muchos más. Casos especiales: el vehículo (50% del IVA; en IRPF solo si está afecto a la actividad), la casa (30% de los suministros sobre la parte afecta) y las dietas. Novedad 2026: puedes deducir un 5% adicional por gastos de difícil justificación (máx. 2.000 €).

Los 3 requisitos que exige Hacienda

Para que Hacienda acepte un gasto, debe cumplir los tres a la vez:

Medio de pagoPara determinados gastos (como las dietas) Hacienda exige además el pago por medios electrónicos (tarjeta o transferencia), no en efectivo. Y recuerda: los pagos en efectivo entre empresarios están limitados por ley.

Lista de gastos deducibles

Estos son los gastos que, cumpliendo los requisitos anteriores, puedes deducir en estimación directa:

CategoríaEjemplos
Seguridad SocialTu cuota de autónomos mensual.
Local u oficinaAlquiler del local, comunidad, suministros (luz, agua), reparaciones.
Suministros (si trabajas en casa)Parte proporcional de luz, agua, gas e internet (ver sección específica).
Telefonía e internetLínea y datos afectos a la actividad.
Material y existenciasMaterial de oficina, mercaderías, materias primas, envases.
Equipos y amortizaciónOrdenador, mobiliario, maquinaria (se deducen vía amortización).
Software y herramientasProgramas, licencias, suscripciones profesionales, hosting, dominios.
Servicios profesionalesGestoría, asesoría, abogados, notaría vinculada a la actividad.
SegurosSeguro de responsabilidad civil, del local, de salud (con límite: hasta 500 €/año por persona).
FormaciónCursos, libros y formación relacionada con tu actividad.
Publicidad y marketingAnuncios, web, diseño, campañas.
Gastos financierosComisiones bancarias, intereses de préstamos de la actividad.
Cuotas y colegiosCuotas de colegios profesionales y asociaciones del sector.
Dietas y viajesDesplazamientos, alojamiento y manutención por trabajo (con límites).
Seguro de saludPuedes deducir el seguro médico privado propio, del cónyuge y de los hijos menores de 25 años, con un límite de 500 € al año por persona (1.500 € si hay discapacidad).

El vehículo: IVA e IRPF

El coche es el gasto que más dudas genera, porque IVA e IRPF siguen reglas distintas:

La excepción son las actividades donde el vehículo es herramienta esencial, que pueden deducir el 100% también en IRPF: transportistas, repartidores, taxis, autoescuelas, agentes comerciales y representantes.

Guarda pruebasSi deduces gastos del vehículo, conserva justificantes que acrediten el uso profesional (rutas, clientes, rotulación). Es uno de los puntos que Hacienda más revisa.

Trabajar desde casa

Si desarrollas tu actividad en tu vivienda habitual, puedes deducir dos cosas:

Por ejemplo, si tu despacho ocupa el 20% de la vivienda: de los suministros deduces el 30% de ese 20%, es decir, un 6% del total de la factura de luz, agua, gas e internet.

Requisito previoDebes haber comunicado a Hacienda, en tu alta censal (modelo 036), el porcentaje de la vivienda afecto a la actividad.

Dietas y manutención

Puedes deducir tus gastos de manutención (comidas) cuando se producen por motivos de la actividad, cumpliendo requisitos estrictos: pago por medios electrónicos, en establecimientos de hostelería y restauración, y en días laborables. Los límites diarios son:

SituaciónEn EspañaEn el extranjero
Sin pernoctar26,67 €/día48,08 €/día
Pernoctando53,34 €/día91,35 €/día

El alojamiento en viajes de trabajo se deduce por su importe real (con factura), sin ese límite diario.

La deducción del 5% (novedad 2026)

Si tributas en estimación directa simplificada (facturación inferior a 600.000 €/año), puedes deducir un 5% de tu rendimiento neto en concepto de «gastos de difícil justificación», con un máximo de 2000 € al año y sin necesidad de factura. Está pensado para pequeños gastos cotidianos que no puedes documentar. Es una deducción adicional que se aplica automáticamente en el cálculo del rendimiento neto de tu declaración.

Gastos que NO son deducibles

❌ Hacienda los rechaza

  • Multas y sanciones administrativas o de tráfico.
  • Recargos y intereses de demora.
  • Gastos personales o de ocio sin relación con la actividad.
  • Ropa de calle (salvo uniforme o EPI con logo).
  • Comidas y regalos sin justificación de negocio suficiente.
  • Donativos (tienen su propio régimen de deducción).
  • El IVA soportado deducible (va por la vía del modelo 303, no como gasto).

✓ Sí, con matices

  • Vehículo: 50% del IVA; IRPF solo si afecto (o 100% en actividades específicas).
  • Suministros de casa: 30% sobre la parte afecta.
  • Dietas: con límites diarios y pago electrónico.
  • Seguro de salud: hasta 500 €/año por persona.
  • Atenciones a clientes: deducibles hasta el 1% de la cifra de negocio.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir la gasolina del coche?
En IVA, el 50% por regla general. En IRPF solo si el vehículo está afecto exclusivamente a la actividad, salvo actividades como transporte, reparto, taxi, autoescuela o comerciales, que deducen el 100%.
¿Cuánto puedo deducir si trabajo desde casa?
Los gastos de titularidad, en proporción a los metros afectos; y los suministros (luz, agua, gas, internet), el 30% sobre ese porcentaje de metros afectos.
¿Necesito factura o me vale el ticket?
Para deducir el IVA necesitas factura completa con tu NIF. Un ticket simple no suele bastar. Sin factura, solo puedes acogerte a la deducción del 5% de difícil justificación.
¿Qué es la deducción del 5% de difícil justificación?
En estimación directa simplificada puedes deducir un 5% del rendimiento neto (máximo 2.000 €/año) sin factura, para pequeños gastos que no puedes documentar.
¿Puedo deducir la comida con clientes?
Las atenciones a clientes son deducibles con el límite del 1% de la cifra de negocio anual, siempre con factura y justificación del motivo profesional.

Guía orientativa basada en la normativa vigente en 2026. La deducibilidad de cada gasto depende de tu actividad y de que puedas acreditar su vínculo con ella. No sustituye el asesoramiento de un gestor o asesor fiscal colegiado, recomendable ante gastos dudosos (vehículo, vivienda).